SAP Valladolid 170/2000, 3 de Abril de 2000

PonenteJESUS MANUEL SAEZ COMBA
ECLIES:APVA:2000:571
Número de Recurso105/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución170/2000
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 170

Ilmos. Srs. Magistrados:

Presidente:

D. Jesús Manuel SAEZ COMBA

Magistrados:

D. Francisco Javier CAMBÓN GARCÍA

D. María Teresa GONZÁLEZ CUARTERO

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Valladolid a tres de abril de dos mil

Visto por la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, integrada por

los Magistrados antes nombrados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada

en proceso de juicio verbal nº 626/99 por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Valladolid sobre

reclamación de cantidad, tráfico. Ha sido demandante-apelante D. Agustín ,

mayor de edad, casado, jubilado y vecino de Valladolid, que ha designado domicilio para oír

notificaciones el de la procuradora Sra. Mazariegos Luelmo. Como demandados-apelados D. Arturo , mayor de edad y vecino de Valladolid; D. Imanol , mayor de edad y vecino de Valladolid y "CERVANTES S.A.

COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS", con domicilio social en Valladolid, que

han designado domicilio para oír notificaciones el del procurador Sr. Redondo Araoz.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.2. Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 20 de enero de 2.000 se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así: FALLO: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Don Agustín , contra D. Arturo , D. Imanol y Cía Aseguradora Cervantes, representados por el procurador Sr. Redondo, y sin entrar a conocer del fondo del asunto, por estimarse pretensiones deducidas contra ellos, imponiendo las costas procesales causadas a la parte actora."

  2. Notificada a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante cuyo recurso fue admitido en ambos efectos, y, en su virtud previos los oportunos trámites se remitieron los autos originales a este Tribunal, ante el que han comparecido los litigantes en la forma expresada, sustanciándose el recurso por sus trámites legales y teniendo lugar la votación y fallo del mismo el día 31 del pasado mes de marzo.

  3. En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jesús Manuel SAEZ COMBA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Se ha promovido la presente demanda en reclamación de una cantidad de dinero reparadora de daños y perjuicios ocasionados al demandante como consecuencia de un accidente de circulación en el que resultó lesionado.

    Por dichos hechos se siguieron actuaciones penales que terminaron por sentencia dictada en juicio de faltas que fue absolutoria para el conductor en su día denunciado y hoy demandado. Y precisamente en base a tal resolución, la sentencia de instancia considerando la concurrencia de la excepción de cosa juzgada desestima la demanda, ante cuya resolución se alza el presente recurso.

  2. - Se combate la sentencia de instancia por entender que ha hecho una errónea aplicación del artículo 112 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y este primer aspecto, puramente jurídico, debe ser estimado.

    La sentencia dictada en el procedimiento penal ha sido absolutoria y tan solo, en su caso, la sentencia condenatoria provoca la existencia de cosa juzgada. Nuestro sistema obliga, salvo reserva o renuncia expresa de su titular, a entablar en el procedimiento penal la acción reparatoria civil junto...

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