SAP Asturias 142/2002, 20 de Marzo de 2002

PonenteJOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ
ECLIES:APO:2002:1140
Número de Recurso135/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución142/2002
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 135/2001 en autos acumulados de Juicio de Cognición n° 262/2000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Oviedo, promovido por DON Braulio , DON Jesús , DON Jose María , DOÑA Lourdes , DOÑA Amparo y DON Armando , contra DON Iván y DIRECCION003 DE OVIEDO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don José Ignacio Álvarez Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia numero cinco de Oviedo dictó Sentencia con fecha cinco de Enero de dos mil uno , cuya parte dispositiva dice así: Desestimando la demanda presentada por D. Jesús , D. Jose María Dª Lourdes , Dª. Amparo y D. Armando contra DIRECCION003 y estimando la demanda presentada por D. Francisco Olegario González Catelao contra DIRECCION003 , Comunidad Hereditaria de D. Jose María , D. Braulio , Dª. Lourdes y Dª. Amparo , debo condenar y condeno: A) A DIRECCION003 a mandar ejecutar las obras acordadas en las Juntas de Comunidad, que se reflejan en el proyecto de Asturiana de Mantenimiento Preventivo, S.L. En el proyecto de Asturiana de Mantenimiento Preventivo, S.L., (documento n° 5 de los acompañados con la demanda), idénticas a las ya realizadas por orden de la Comunidad de Propietarios en la vivienda del Sr. Iván (pisos NUM010 y NUM011 NUM012 ), y en la vivienda NUM013 NUM012 de la CALLE000 . B) Al resto de los codemandados, igualmente a permitir la ejecución de dichas obras y a permitir la entrada en las viviendas en que habitan, al personal idóneo o adecuado, para la realización de todas las obras necesarias con el fin de ejecutar y llevar a cabo los acuerdos adoptados por la Comunidad de Propietarios en los términos antedichos. Todo ello con la condena de los demandantes D. Braulio , D. Jesús , D. Jose María , Dª. Lourdes , Dª. Amparo y D. Armando al pago de las costas causadas por la presentación de su demanda y a los demandados Comunidad Hereditaria de Don Jose María , D. Braulio , Dª. Lourdes y Dª. Amparo , excepto la Comunidad de Propietarios demandada, al pago de las costas causadas por la demanda presentada por el Sr. Iván .

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, que fue admitido en ambos efectos, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y Fallo el día dieciocho de los corrientes mes y año.

TERCERO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En los autos de que el presente recurso dimana se han sustanciado dos demandas acumuladas, refiriéndose ambas al acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios en fecha 21 de Junio de 1999 que determinó la colocación de llaves de reglaje en los radiadores de los pisos NUM012 de CALLE000 y pretendiendo varios propietarios que se declare su nulidad y uno de los comuneros que se ejecuten dichos acuerdos y se realicen las obras correspondientes. La sentencia dictada en la primera instancia desestimó la primera de las demandas y consideró válido el acuerdo, condenando a los copropietarios que se habían opuesto a permitir la entrada en sus viviendas a fin de llevarlo a cabo. Esta resolución es combatida por los condenados, los cuales pretenden la estimación de su demanda, con la consiguiente declaración de nulidad de los acuerdos adoptados, y la desestimación de la demanda formulada...

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