SAP Valencia 589/2001, 20 de Octubre de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
ECLIES:APV:2001:5789
Número de Recurso382/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución589/2001
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO NÚM. 382/01-SENTENCIA NÚM:589/01

Ilustrísimos Sres.:

PRESIDENTE:

D. JOSE MARTINEZ FERNANDEZ

MAGISTRADOS

Dª Mª DEL CARMEN ESCRIG ORENGA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

En la ciudad de Valencia a 20 de octubre de dos mil uno.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª DEL CARMEN ESCRIG ORENGA , el presente rollo de apelación nº 382/01 dimanante de los autos de juicio verbal nº 271/98, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sueca, entre partes, de una como demandante apelante a COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO DIRECCION000 , representado por el procurador Sr. BELTRAN SOLER , de otra como demandados apelados a D. Alejandro y Dª Angelina , representados por la Procuradora Sra. TORMO PEREZ, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia número 2 de los de Sueca, en fecha veintitrés de marzo de 2001, contiene el siguiente FALLO:" Desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Sr. Beltrán Soler en nombre y representación de

D. Eugenio , en calidad de Presidente y legal representante de la Comunidad de Propietarios del Edificio " DIRECCION000 " debo acordar y acuerdo la absolución de D. Alejandro y de Dª Angelina de todos los pedimentos contenidos en aquélla, sin expresa condena en costas a ninguna de las partes. "

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por los demandantes, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

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FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación procesal de la Comunidad de Propietarios del Edificio DIRECCION000 ,ubicado en la calle DIRECCION001 número NUM000 de Cullera formuló demanda de juicio verbal civil contra don Alejandro y doña Angelina , suplicando se les condene a la retirada de la instalación de un aparato de aire acondicionado sobre la fachada principal del edificio, reponiendo la misma a su estado primitivo. La parte demandada solicita la desestimación de la demanda alegando que son propietarios de un piso primero que dispone de una amplia terraza situada en la parte frontal de la finca que constituye "un espacio de uso privativo", que han instalado el aparato de aire acondicionado en su zona privativa sin acometer obras en la fachada. Que existen otros aparatos en distintos pisos a los que nunca se ha opuesto la comunidad y que, en el presente caso, no existe acuerdo de la comunidad para demandarles.

La Sentencia de instancia desestima la demanda invocando que no se ha probado donde se halla ubicado el aparato y las obras que han sido necesarias para su instalación, pretensión contra la que se alza la parte actora alegando que ha quedado probada que se halla en terreno común. La parte apelada ha solicitado la confirmación de la Sentencia de instancia.

SEGUNDO

Ante las alegaciones realizadas por las partes iniciaremos nuestro estudio concretando si existe un acuerdo de la comunidad de propietarios para demandar a los Srs. Alejandro Angelina por la instalación de estos aparatos de aire acondicionado.

Sobre ese punto debemos indicar que obra en autos un certificado del Secretario administrador de la Comunidad de Vecinos, ratificado en la prueba testifical practicada en esta alzada indicando que el propietario de la puerta 22 dice que la emanación del calor de dicho aparato hace inhabitable su terraza y que se consultará con el letrado de la Comunidad "para proceder a la eliminación de dicho equipo de aire acondicionado".

Resulta evidente de la lectura del acuerdo que la comunidad pretendía eliminar el aparato del aire acondicionado por lo tanto, ninguna duda existe sobre la autorización al presidente, sin olvidar que, en todo caso, al...

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