SAP Valencia 223/2004, 27 de Abril de 2004

PonenteROSA MARIA ANDRES CUENCA
ECLIES:APV:2004:1835
Número de Recurso123/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución223/2004
Fecha de Resolución27 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM.: 223/04

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª. ROSA Mª ANDRÉS CUENCA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª. PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA

En Valencia a veintisiete de abril de dos mil cuatro.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ROSA Mª ANDRÉS CUENCA, el presente rollo de apelación número 123/04, dimanante de los autos de Juicio ORDINARIO, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia de CATARROJA 2, entre partes, de una, como demandante apelante a HIJOS DE JUAN RUIZ LOPEZ S.L. E HIJOS DE RAFAEL RUIZ TRANSPORTE S.L., y de otra, como demandada apelada a CÍA. INDUSTRIAS PRIM-BALL S.L., sobre, cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños y perjuicios, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Hijos de Juan Ruiz Lopez S.L. e Hijos de Rafael Ruiz Transporte S.L..

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia de CATARROJA 2, en fecha 17 de julio de 2003, contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales D. Francisco José Pérez Bautista, en nombre y representación de las mercantiles Hijos de Rafael Ruiz Transporte y Mat. de Const. S.L:, e Hijos de Juan Ruiz Lopez S.L., frente a Industrias Primball S.L., representada por la Procuradora Dª. Isabel Orts Tallada, debo realizar los siguientes pronunciamientos: 1) Se condena a Industrias Prim-Ball, S.L. a entregar de forma inmediata los semirremolques Prim-Ball con nº de bastidor VV5STNSTLYV009049 y VV5STNSTLYV009052 a sus respectivos propietarios, Hijos de Rafael Ruiz Transporte y Mat. de Const., S.L., e Hijos de Juan Ruiz López S.L., por considerar que no se encuentra legitimada para ejercitar un derecho de retención sobre los referidos vehículos. 2) Se declara no haber lugar a la indemnización de daños y perjuicios interesada por la parte demandada. 3) No se efectúa especial pronunciamiento en cuanto a las costas devengadas en esta fase procesal, por lo que cada parte pagará las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Hijos de Juan Ruiz Lopez S.L. e Hijos de Rafael Ruiz Transporte S.L., dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dictada sentencia por el Juzgado de primera Instancia 2 de Catarroja, con fecha 17 de Julio de 2.003 que estimaba en parte la demanda formulada por Hijos de Rafael Ruiz Transporte y Material de Construcción S.L. e Hijos de Juan Ruiz López S.L. frente a Industrial Prim Ball S.L. condenando a la demandada a entregar de forma inmediata los semirremolques Prim Ball que se detallan a los demandantes, al considerar que no está legitimada para ejercitar un derecho de retención sobre los referidos vehículos, declarando no haber lugar a la indemnización de daños y perjuicios solicitada por la demandada, sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas, y frente a dicha resolución, en cuanto aquí resulta relevante, prepararon el recurso de apelación ambas partes litigantes, si bien tan sólo lo formalizó la parte actora que ciñó las razones de su discrepancia con la resolución de primera instancia a los aspectos que seguidamente se expresan: a) de un lado, en cuanto a la falta de concesión de la indemnización de daños y perjuicios por considerar que en la demanda se especificaba que la falta de entrega de los semirremolques causaba serias perturbaciones en el desempeño normal de su trabajo como...

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