SAP Valencia 310/2002, 30 de Mayo de 2002

PonenteMARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:APV:2002:3105
Número de Recurso316/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución310/2002
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

SENTENCIA N° 310-02

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, 30 de mayo de 2002.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de incapacidad n° 75/99, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia n° 13 de Valencia, entre partes, de una como demandante-apelado el Ministerio Fiscal y de otra como demandados- apelantes, Dña. María Milagros

, presunta incapaz, y D. Jesús Luis , defensor judicial, representado éste último por el Procurador Dña. Desamparados Barber Paris.

Es ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia n° 13 de Valencia, en fecha

7.05.01, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal, interesando declaración judicial de incapacidad contra Dña. María Milagros , debo declarar y declaro la incapacidad total del referido para el gobierno de su persona y la administración y disposición de sus bienes y, específicamente, para el ejercicio del derecho de sufragio activo y de otorgar testamento, declarando rehabilitada la patria potestad de sus padres D. Jesús Luis y Dña. María Milagros , sin hacer expreso pronunciamiento de las costas de este procedimiento."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal Jesús Luis se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la vista del recurso una vez practicada la prueba consistente en dictamen forense de la presunta incapaz, y en cuyo acto se oyó a María Milagros , a sus padres y hermano de un sólo vínculo y se ratificó y amplio su informe el médico forense que la reconoció, tras lo cual las partesinformaron estando representado el Ministerio Fiscal por el Iltmo. Sr. D. Rodolfo Chicoy Gamborino.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la dirección letrada de la parte recurrente en el acto de la vista del recurso de apelación por ella interpuesto contra la sentencia de instancia ha mostrado su disconformidad con la misma en cuanto declara la incapacidad total de la hija de sus patrocinados y la somete a tutela, cuando el grado de autonomía que ha adquirido la misma necesita de la recompensa de que se admita su capacidad pero limitada en cuanto a los actos de disposición patrimonial, elevando así a la categoría de jurídica lo que de hecho es una incapacidad parcial dada su integración social en el mundo laboral y en el académico,

SEGUNDO

La incapacitación de una persona es una cuestión que afecta directa e inmediatamente al ejercicio de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Anexos
    • España
    • La integración jurídica y patrimonial de las personas con discapacidad
    • 1 Enero 2006
    ...y calificación del grado de minusvalía. Modelo de solicitud de reconocimiento de grado de minusvalía. Sentencia de la audiencia provincial de valencia de fecha 30/05/2002. Sentencia del audiencia provincial la rioja núm. 81/2003. Ley 41/2003, de 18 noviembre, de protección patrimonial de la......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR