SAP Valencia 261/2005, 27 de Abril de 2005

PonenteMARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:APV:2005:2033
Número de Recurso206/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución261/2005
Fecha de Resolución27 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

SENTENCIA Nº 261-05

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, 27 de abril de 2005.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de incapacidad nº 527/02, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Liria , entre partes, de una como demandante-apelado el Ministerio Fiscal, y de otra como demandado-apelante, D. Romeo , y como defensor judicial D. José Peris Blay, no personados ante esta alzada.

Es ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 1 de Liria, en fecha

20.07.04, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue : " FALLO : Que estimando la demanda deducida por el Ministerio Fiscal, siendo defensor judicial D. José Peris Blay:

  1. - Debo declarar y declaro la incapacidad total de D. Romeo .

  2. - Se rehabilita la patria potestad que será ejercida por D. Abelardo y Dña. Isabel .

  3. - Se decreta la privación del derecho de sufragio activo y pasivo del incapaz.

  4. - No procede hacer expresa declaración de las costas declaradas en su caso, en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de Romeo se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso oimpugnación a la sentencia , y previo emplazamiento de las partes ante esta Secretaria, se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la celebración de la vista del presente recurso habida cuenta de haberse propuesto, admitido y practicado prueba en esta alzada, con el resultado que es de ver a la diligencia que precede del Sr. Secretario el desarrollo de la presente vista.

Ha asistido en representación del Ministerio Fiscal el Iltmo. Sr. Don Julio Bruzón Lima.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la dirección letrada de la parte recurrente en el acto de la vista del recurso de apelación por ella interpuesto contra la sentencia de instancia ha mostrado su disconformidad con la misma en la medida en que se ha declarado la incapacidad absoluta de su patrocinado, entendiendo que es necesario para su declaración no solo la existencia de esa enfermedad que le fuera diagnosticada de esquizofrenia paranoide, sino que es necesario el que esa enfermedad conlleve una imposibilidad de valerse por sí mismo , lo que en el caso de autos no ha resultado acreditado pues es evidente que se vale por sí mismo para realizar las tareas cotidianas de aseo higiene alimentación vestido y autonomía.

SEGUNDO

Al ser la incapacitación de una persona una cuestión que afecta directa e inmediatamente al ejercicio de los derechos y libertades consagradas en la Constitución , aún más, al núcleo esencial de los derechos que le son...

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