SAP Asturias 286/2004, 13 de Septiembre de 2004

PonenteMARIA ELENA RODRIGUEZ-VIGIL RUBIO
ECLIES:APO:2004:2917
Número de Recurso307/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución286/2004
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 286

En el Rollo de apelación núm. 307/04, dimanante de los autos de juicio civil Ordinario, que con el número 228/03 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia de Aviles 2 , siendo apelante ASTURAGUA S.A., demandante en Primera Instancia, representada por el Procurador Sr. Antonio Alvarez Arias de Velasco y asistido por el Letrado D. Javier de Leiva Moreno y como parte apelada S.A. de SEGUROS Y REASEGUROS AXA-AURORA IBERICA S.A., demandado en dicha instancia, representado por el Procurador Sr. Francisco-Javier Alvarez Riestra y D. Victor T artiere Goyenechea; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña Maria Elena Rodriguez Vigil Rubio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Aviles dictó sentencia en fecha 12 de Marzo de 2004 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:" Que estimando en parte la demanda formulada por ASTURAGUA S.A., debo condenar y condeno a AXA SEGUROS, a que abone a la actora la cantidad de 4.448 euros por el valor del vehículo siniestrado, más la cantidad abonada a los trabajadores lesionados en concepto de complemento de salario, correspondientes a los tres meses siguientes al accidente, a acreditar en ejecución de Sentencia ycon base a la documental obrante en autos, al igual que lo abonado a

D. Jesús María y a Aguagest S.A. y todo ello sin hacer especial condena en costas." En fecha 26 de Abril de 2004 se dictó auto de aclaración en el sentido siguiente: "ACUERDO: Suprimir el párrafo final del Fundamento de DERECHO SEGUNDO de la Sentencia recaída en fecha 12 de Marzo e 2.004 , y por tanto suprimir del fallo el texto: "al igual que lo abonado a D. Jesús María y a Aquagest S.A.", manteniendo el resto."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del cual se dió el preceptivo traslado a las demas partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley , que lo evacuaron en plazo, formulando Axa-Aurora Iberica S.A. oposición al mismo. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalandose para deliberación, votación y fallo el día 9 de Septiembre de 2004.TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se reclama en la demanda rectora de este procedimiento por la empresa actora, frente a la aseguradora del vehículo cuyo conductor fue el responsable del accidente de circulación ocurrido el día 7 de noviembre de 2001, a mas del importe del valor venal del turismo de su propiedad que resultó sinistro total a consecuencia de los daños sufridos en el mismo, el del complemento salarial de la prestación de ILT abonado a dos de sus trabajadores que resultaron lesionados en el citado accidente y el de las cuotas de cotización abonadas a la Seguridad Social durante el tiempo en que estuvieron de baja laboral; pretensión indemnizatoria acogida parcialmente en la recurrida en cuanto a mas del valor venal reclamado limito la estimación del resto de las partidas al abono del complemento salarial pactado en el Convenio por la actora con sus trabajadores que viene limitado en su art. 24.3 a los tres primeros meses de la baja. Esa estimación parcial llevó igualmente a rechazar los intereses del art. 20 de la L.C.Seguro por falta de liquidez.

Frente a tales pronunciamientos se alza exclusivamente el recurso de la actora en el que reitera las pretensiones de su demanda no acogidas en la recurrida.

SEGUNDO

Se invoca en el primero de los motivos de impugnación la existencia en la recurrida de una infracción del art. 1902 del CCivil y de la Jurisprudencia que lo interpreta en cuanto estima, en base a esta ultima, que la indemnización debe ser bastante para lograr en cada caso la indemnidad de los perjudicados, lo que lleva a reputar han de serles reintegradas la totalidad de las cantidades abonadas a los dos trabajadores al margen de que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Madrid 514/2015, 19 de Noviembre de 2015
    • España
    • 19 Noviembre 2015
    ...2.ª, de 5-II-2002 ; sentencia de la Audiencia de Bilbao, sección 5.ª, de 1-II-2001 ) ". Añadiendo a modo de resumen la citada sentencia AP Asturias de 13-9-2004 en el FJ " (.....) En definitiva y como conclusión, en relación a los gastos salariales y de la seguridad Social de los propios tr......
  • SAP Guipúzcoa 287/2006, 17 de Octubre de 2006
    • España
    • 17 Octubre 2006
    ...a los salarios derivados del contrato de trabajo costes que son de cargo de la Empresa. Añadiendo a modo de resumen la citada sentencia AP Asturias de 13-9-2004 en el FJ SEGUNDO "(.....) En definitiva y como conclusión, en relación a los gastos salariales y de la seguridad Social delos prop......
  • SAP Salamanca 243/2005, 18 de Mayo de 2005
    • España
    • 18 Mayo 2005
    ...de la incapacidad temporal. Al respecto esta Audiencia comparte plenamente el criterio seguido por la Audiencia Provincial de Asturias en su sentencia de 13 de septiembre de 2004 cuando "Ciertamente la finalidad de toda indemnización de daños y perjuicios es la de conseguir la indemnidad de......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR