SAP Toledo 282/1997, 26 de Noviembre de 1997

PonenteMARIA ASUNCION PERIANES LOZANO
Número de Recurso82/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución282/1997
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Toledo

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, rollo de la Sala núm. 82/97, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Toledo en el juicio verbal nº 255/96 , en el que ha actuado, como apelante, D. Ignacio , representado por la Procuradora de los Tribunales D.ª María José Diaz Fieiras y defendido por el Letrado D. Julián Medina Ruiz; y, como apelado, D. Jesús Manuel , representado por el Procurador de los Tribunales D. Fernando María Vaquero Delgado y defendido por el Letrado D. Francisco Javier Campo Gallardo.

Es Ponente de la causa la Iltma. Sra. Magistrada D.ª Mª ASUNCIÓN PERIANES LOZANO, que expresa el parecer de la Sala, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Toledo, con fecha 19 de abril de 1997, se dictó sentencia en el procedimiento que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Fernando María Vaquero Delgado en representación de D. Jesús Manuel contra D. Ignacio y D. Marcelino debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a abonar a la parte actora la suma de cuatrocientas veintidós mil cuatrocientas treinta y cuatro pesetas, máslos intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda, con imposición a dichos demandados de las costas del juicio".

SEGUNDO

Contra dicha resolución y por la Procuradora D. María José Díaz Fieiras, en la expresada representación, dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, se formó el oportuno rollo, que siguiendo por sus tramites, quedaron los autos en espera de dictar dicha resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicitó la parte actora, hoy apelada, en su demanda, se condenara a los demandados al abono de la cantidad de 442.434 ptas más intereses, costas y gastos, alegando como hechos que sustentan tal pretensión: que el 18 de junio de 1995, el actor conduela el vehículo de su propiedad BMW 320 matricula RI-....-I por la Travesía que conduce al Puente Nuevo de Toledo, cuando debido a circunstancias del tráfico se vio obligado a frenar y detener su vehículo, accionando incluso las luces de avería para advertir su presencia, y estando en esa situación de parado llegó otro vehículo, un Renault Clio matrícula NU-....-N , propiedad de D. Marcelino y conducido por D. Ignacio , el que ya por ir a exceso de velocidad, ya por ir distraido o por ambas cosas a la vez, no se percató de la presencia del vehículo del actor, colisionándole por alcance en la parte trasera; que a consecuencia de la colisión, el vehículo del actor sufrió daños cuya reparación ascendió a la suma reclamada.

La sentencia apelada, estimó tal pretensión con respecto a los aludidos demandados, absolviendo a la compañía de seguros Winterthur, al haber ésta acreditado en el procedimiento, que no existia póliza en vigor en virtud de la cual pudiera surgir su responsabilidad solidaria.

SEGUNDO

El hoy apelante, y codemandado D. Ignacio , no formuló en su día contestación a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Toledo 265/2007, 31 de Julio de 2007
    • España
    • 31 Julio 2007
    ...el derecho de crédito de la víctima a ser resarcido, una vez que este derecho ha sido reconocido en una Sentencia de condenas. (S.A.P. de Toledo de 26-11-97 ). También tenemos declarado en auto de 27 febrero 1998 que "la consignación como modo de liberación del deudor -que no ha de confundi......
  • SAP Valencia 628/2011, 22 de Noviembre de 2011
    • España
    • 22 Noviembre 2011
    ...el derecho de crédito de la víctima a ser resarcido, una vez que este derecho ha sido reconocido en una Sentencia de condenas. ( S.A.P. de Toledo de 26-11-97 EDJ1997/8787 )...También tenemos declarado en auto de 27 febrero 1998 que la consignación como modo de liberación del deudor -que no ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR