SAP Cantabria 481/2001, 3 de Octubre de 2001

PonenteMARIA RIVAS DIAZ DE ANTOÑANA
ECLIES:APS:2001:2501
Número de Recurso18/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución481/2001
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.481/01

Ilmo. Sr. Presidente.

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez.

Doña María Rivas Díaz de Antoñana.

En la Ciudad de Santander, a tres de Octubre de dos mil uno.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria ha visto en grado de apelación los presentes Autos de juicio de Cognición, núm. 340 de 2000, Rollo de Sala núm. 18 de 2001 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Santander, seguidos a instancia de Gaspar y Margarita contra Juan Carlos y Dª. Marcelina .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante don Juan Carlos y Dª. Marcelina , representados por el Procurador Sr. Cuevas Iñigo y defendido por el Letrado Sr. Sobera Echezarreta; y apelada don Gaspar y Dª. Margarita , representados por el Procurador Sr. Lopez Neira y defendidos por el Letrado Sr. Sanz Capa.

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Doña María Rivas Díaz de Antoñana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Santander, y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha ocho de Noviembre de 2000 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. López Neira, en nombre y representación de D. Gaspar y Dª. Margarita frente a D. Juan Carlos y Dª. Marcelina , representados por el Procurador Sr. Cuevas Iñigo, debo declarar resuelto el contrato de arrendamiento al que se hace referencia en el Fundamento Primero de esta resolución por causa de necesidad condenando a los demandados a desalojar la vivienda dentro del plazo legal apercibiéndoles de lanzamiento, con pérdida del derecho de indemnización, imponiéndoles el pago de las costas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la representación de la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que admitido a trámite por el Juzgado; y dado traslado del mismo a la contraparte, que lo impugnó en plazo legal, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, en quese ha deliberado y fallado el recurso en el día de la fecha.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales salvo el plazo de resolución en razón al número de recursos pendientes y su orden.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte recurrente alega error en la valoración de la prueba, por cuanto no existe necesidad sino mera conveniencia, por lo que estima no procede declarar resuelto el contrato de arrendamiento litigioso.

Esta Audiencia, tras valorar la totalidad de la prueba practicada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP León 197/2002, 14 de Mayo de 2002
    • España
    • 14 Mayo 2002
    ...la precariedad laboral pueda ser un obstáculo a ese deseo de vida independiente y sin que, como señala la sentencia de la audiencia Provincial de Cantabria de 3 de octubre de 2001, se pueda oponer a la necesidad del arrendador la situación en la que, por la resolución del contrato, queda el......
  • SAP Pontevedra 761/2010, 4 de Noviembre de 2010
    • España
    • 4 Noviembre 2010
    ...de 14-5-2002, que invoca las ya citadas de Madrid de 27 Abr. 1999 y la de Alicante de 17 Ene. 2001. Trae también a colación la SAP de Cantabria de 3 Oct. 2001 a cuyo tenor no se puede "oponer a la necesidad del arrendador la situación en la que, por la resolución del contrato, queda el inqu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR