SAP Santa Cruz de Tenerife 644/1998, 17 de Octubre de 1998

PonenteMARIA DEL CARMEN PADILLA MARQUEZ
Número de Recurso633/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución644/1998
Fecha de Resolución17 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife

SENTENCIA Nº 644/98

En Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada ENTIDAD MERCANTIL "EUROPA MAQUINARIA, S.L", contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Granadilla de Abona, en autos de Interdicto de Recobrar la posesión nº 0077/98 , seguidos a instancias del Procurador Sr. D. Manuel Alvarez Hernández bajo dirección del Letrado D. Ignacio Acha en nombre y representación de la DIRECCION000 contra la Cia. Mercantil Europa maquinaria, S.L. representado por la Procuradora Sra. Dª. Ana García Pérez, bajo la dirección del Letrado Sr. D. Armando Perera García; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente el ya referido Iltma. Sra. Dª Carmen Padilla Márquez Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia por el Sr. Juez D. Jesús Angel Suárez Ramos, de fecha 20 de mayo de 1998, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por la DIRECCION000 contra la mercantil Europa Maquinaria, S.L.,declaro haber lugar al interdicto de recobrar, acordándose que inmediatamente se reponga al demandante en la posesión o tenencia, eliminando la puerta instalada y dejando los muros y verjas en su ser y estado primitivo y condenando a Europa Maquinaria, S.L. al pago de los daños y perjuicios causados y las costas de este juicio.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por formulado y admitida y según lo establecido en el articulo 734 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , redacción dada por la Ley 10/92 de 30 de Abril , se da traslado del mismo a la parte contraria por término de CINCO días, la cual presentó impugnación, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designo como Ponente a la Iltma. Sra. Magistrado Dª Carmen Padilla Márquez, señalándose para votación y Fallo el día 13 de octubre del año en curso.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen, siendo de aplicación en ésta de apelación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda iniciadora de esta causa, la actora, DIRECCION000 , solicita la protección interdictal de recobrar frente a los actos, denunciados como de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Murcia 254/2000, 29 de Septiembre de 2000
    • España
    • 29 Septiembre 2000
    ...de acceso a los Tribunales, amparado por el art. 24 de la Constitución. Segundo Como declaró la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife de 17 de octubre de 1998, recogiendo jurisprudencia del Tribunal Supremo (como la sentencia de 21 de marzo de 1996), si bien se reco......
  • SAP Cádiz 93/2001, 13 de Marzo de 2001
    • España
    • 13 Marzo 2001
    ...de daños y perjuicios por el tiempo de paralización de la obra. Debiendo señalar que como señala la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife de 17 de Octubre de 1998, recogiendo jurisprudencia del Tribunal Supremo (como la sentencia de 21 de Marzo de 1996), si bien se ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR