SAP Santa Cruz de Tenerife 386/2000, 13 de Mayo de 2000

PonenteCONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
ECLIES:APTF:2000:1294
Número de Recurso1095/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución386/2000
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA: 00386/2000

Rollo: JUICIO VERBAL 1095 /1999

Autos 199/95

Juzgado de 1 Instancia n° 199/95

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE ANTONIO GONZALEZ GONZALEZ (Presidente)

Dª. MACARENA GONZALEZ DELGADO (Ponente)

Dª MARIA LUISA SANTOS SANCHEZ

En SANTA CRUZ DE TENERIFE, a trece de mayo de dos mil

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandado, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Santa Cruz de Tenerife, en autos de Verbal 199/95 , seguidos a instancias del Procurador/a Mercedes Aranaz, bajo la dirección del Letrado/a Ana María Precioso en nombre y representación de Salvador contra Carlos Manuel y Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Dña. Candelaria Rodriguez Delgado, bajo la dirección Letrada del Sr. D. Sancho Martinez Pardo han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente sentencia, siendo Ponente el ya referido ILMO. Magistrado Doña MACARENA GONZALEZ DELGADO, Magistrado, de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha veinte de julio de mil novecientos noventa y nueve , cuya parte dispositiva, - literalmente copiada -, dice así:" Que estimando la demanda formulada por la procuradora Dª. Mercedes Aranaz de la Cuesta en nombre y representación de

D. Salvador contra D. Carlos Manuel representado por la procuradora Dª Candelaria Rodriguez Delgado y el Consorcio de Compensación de Seguros debo condenar y condeno a los precitados demandados a que solidariamente abonen al actor la cantidad de 462.279 pesetas por los daños causados en su vehículo SH......OY , con más los intereses legales, aplicándose a favor del Consorcio la franquicia de 70.000

pesetas que legalmente tiene reconocida con imposición de las costas procesales a dicha parte demandada.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por formulado y fue admitido y según lo establecido en elartículo 734 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , redacción dada por la Ley 10/92 de 30 de abril , se da traslado del mismo a la parte contraria por término de CINCO días, adheriéndose al recurso el Consorcio de Compensación de Seguros, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente al Ilmo/a Sr./a D./Da CARMEN PADILLA MARQUEZ la cual por haberse establecido un nuevo turno de ponencias debido a la creación de una nueva plaza de Magistrado en esta sección III, correspondió la ponencia a la Ilma. Magistrada Doña MACARENA GONZALEZ DELGADO, señalándose para votación y Fallo el día ocho de mayo de dos mil.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia ha sido recurrida por el demandado y se ha adherido...

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