SAP Santa Cruz de Tenerife 276/2004, 21 de Junio de 2004

PonenteEMILIO FERNANDO SUAREZ DIAZ
ECLIES:APTF:2004:1392
Número de Recurso288/2004
Número de Resolución276/2004
Fecha de Resolución21 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

SENTENCIA Nº. 276/04

Rollo nº. 288/04.

Autos nº. 60/03.

Juzgado de 1ª Instancia n.º 1 Santa Cruz de Tenerife.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

===========================

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiuno de junio de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA n.º 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, en los autos n.º 60/2003 , seguidos por los trámites del Juicio Ordinario y promovidos, como demandante, por la entidad CAJA RURAL DE TENERIFE, que ha comparecido en esta instancia representado por Procurador Don Javier Fernández Domínguez, y dirigido por el Letrado Don Jesús David Barragán Acea, contra DON Juan Carlos , que ha comparecido en esta instancia representado por el Procurador Don Alejandro Obón Rodríguez, y asistido de la Letrada Doña Carmen María Medina Hernández, ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma Sra. Magistrada-Juez Doña María Raquel Alejano Gómez dictó sentencia el diecinueve de enero de dos mil cuatro , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:«FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Javier Fernández Domínguez en nombre y representación de la Caja Rural de Tenerife, debo condenar y condeno a D. Juan Carlos a que abone a la actora la cantidad de 40.273,85 euros, más los intereses legales desde la demanda que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de esta resolución y con condena en costas al demandado.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de CINCO días, mediante escrito presentado en este Juzgado en el que deberá citarse la resolución apelada manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan y que deberá ir suscrito por Letrado y Procurador, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, lo pronuncio, mando y firmo.».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la apelación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de veinticinco de mayo pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente y señalar...

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