SAP Vizcaya 446/2000, 23 de Mayo de 2000

PonenteMARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA
ECLIES:APBI:2000:2320
Número de Recurso687/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución446/2000
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 446/00

ILMOS. SRES.

DOÑA REYES CASTRESANA GARCIADON MANUEL JOSE BAECA DIAZ PORTALES

DON PEDRO LUIS GARCIA MUÑOZ

En BILBAO, a veintitres de Mayo de dos mil.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Quinta, en Comisión de Servicios, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados, los presentes autos de JUICIO DE COGNICIÓN nº 51/98 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Bilbao, y del que son parte como apelante: la demandante DENBOLAN NORTE E.T.T. S.L., representada por el Procurador D. Jesús Gorrochategui Erauzquin y asistida de la Letrada Dña. Olga Fernández Pérez; y como apelada: la demandada DOÑA Aurora , representada por el Procurador D. José Antonio Hernández Uribarri y asistida del Letrado D. Javier Bilbao Peñas.-ANTECEDENTES DE HECHO

Se ACEPTAN y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada, en cuanto se relacionan con la misma.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Bilbao se dictó sentencia con fecha 28 de julio de 1.998, cuya parte dispositiva dice literalmente:

"FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. JESUS GORROCHATEGUI ERAUZQUIN, en nombre y representación de DENBOLAN NORTE E.T.T. S.L., contra Aurora , debo condenar y condeno a la citada demandada a que abone al actor la cantidad de 369.923 pts. sin hacer expresa imposición de costas".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la demandante Denbolan Norte, Empresa de Trabajo Temporal, Sociedad Limitada, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia y dado traslado a las demás partes por un plazo común de cinco días, transcurrido el mismo se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial, ordenándose a la recepción de los autos la formación del presente Rollo al que correspondió el número nº 687/98 de Registro y que se sustanció con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para su deliberación y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso de han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma Sra. Magistrada Dña. REYES CASTRESANA GARCIA.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La demandante Denbolan Norte, Empresa de Trabajo Temporal S.L., promovió demanda de juicio de cognición en reclamación de la cantidad de 696.000 pts. contra Dña. Aurora , propietaria del Restaurante Asador DIRECCION000 , sito en Archanda-Bilbao, derivada de cinco contratos de puesta a disposición de trasbajadores con categoría profesional de Oficial de Primera, al precio de 1.800 ptas./hora más I.V.A., suscritos con fechas 20 y 21 de marzo y 10 de abril de 1.997 , y una vez realizados los trabajos por D. Silvio , D. Luis , D. Germán , C. Darío y D. Aurelio , según los boletines de trabajo de la mensualidad de Abril-1997, firmados por los trabajadores cedidos y por cuenta del Restaurante DIRECCION000 , se expidió la factura nº NUM000 por los trabajos realizados por el personal cedido durante el mes Abril-97 por importe de 696.000 ptas., que es objeto de reclamación . La Sentencia dictada por el Juzgado "a quo" estima parcialmente la demanda interpuesta por Denbolan Norte E.T.T. S.L. al condenar a la demandada Dña. Aurora al abono de la cantidad de 369.923 pts., que resulta de descontar, al importe facturado, la cuantía de arreglos que fueron realizados por la empresa Derini S.L., según la factura nº NUM001 por importe de 241.077 pts. y presupuesto de 7-5- 97 por importe de...

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