SAP Zaragoza 27/2002, 5 de Febrero de 2002

PonenteSARA ARRIERO ESPES
ECLIES:APZ:2002:282
Número de Recurso3/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución27/2002
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 27/2002

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D. SANTIAGO PÉREZ LEGASA

MAGISTRADOS

D. Joaquín

Dª SARA ARRIERO ESPÉS

En Zaragoza, a cinco de Febrero de dos mil dos.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias núm. 91 de 2001, procedentes del Juzgado de lo Penal número UNO de Zaragoza, Rollo núm. 3 de 2002, seguidas por delito de DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS y faltas de ESTAFA y de DAÑOS, contra Fermín , con D.N.I. n° NUM000 , nacido el 21 de Mayo de 1962, hijo de Arturo y de Valentina , natural de Zaragoza y domiciliado en la misma, CALLE000 , n° NUM001 , NUM002 , de estado soltero, de profesión no consta, de solvencia no acreditada, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa; representado por la Procuradora Dª Laura Ascensión Sánchez Tenías y defendido por la Letrado Dª Marisol Berges Lacasta. Siendo parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y Ponente en esta apelación la Ilma. Sra. Magistrada Dª SARA ARRIERO ESPÉS, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia con fecha 5 de Noviembre de 2001, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-. Que debo condenar y condeno al acusado Fermín , en concepto de autor de las faltas de, estafa en grado de tentativa, tipificada en los artículos 623 n° 4, y 16 del Código Penal, y daños, tipificada en el artículo 625 n° 1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a las penas de, por la falta de estafa, multa de 1 mes, a razón de una cuota diaria de 500 pesetas (3'01 Euros), es decir 15.000 pesetas (90'15 Euros), con 15 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y por la falta de daños, multa de 10 días, a razón de una cuota diaria de 500 pesetas (3101 Euros), es decir 5.000 pesetas (30'05 Euros), con 5 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y costas del juicio de faltas, debiendo indemnizar a Eduardo , en la cantidad de 40.000 pesetas (240'40 Euros), más intereses legales.-. Asimismo, debo absolver y absuelvo al acusado Fermín , del delito de descubrimiento y revelación de secretos tipificado en el artículo 197 del Código Penal, del que se le acusaba, con declaración de oficio de las costas procesales por delito.".

SEGUNDO

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "HECHOS PROBADOS.-.Probado y así se declara que, el acusado Fermín , mayor de edad, y sin antecedentes penales, llamó telefónicamente a Eléctricas Reunidas de Zaragoza, durante los meses de Septiembre o de Octubre de 1999, indicando que los recibos de la póliza NUM003 , correspondiente a su domicilio, sito en la CALLE000 , n° NUM001 , NUM002 , de Zaragoza, y al período comprendido desde el día 6 de Agosto hasta el día 8 de Octubre de 1999, incluidos en la factura fechada el día 13 de Octubre de 1999, fueran cobrados en la cuenta NUM004 , del Banco de Comercio, que correspondía a su vecino Eduardo , con el que mantenía malas relaciones. En dicha cuenta fue cargado un recibo de fecha 14-10-1999, por importe de 7.469 pesetas, que fue devuelto por el Sr. Eduardo .-. Posteriormente, en la madrugada del día 13 de Marzo de 2000, el acusado Fermín , subió al piso de Eduardo , sito en la CALLE000 , n° NUM001 , NUM005 , de Zaragoza, y golpeó la puerta de entrada dando varias patadas, produciendo daños en la misma, pericialmente tasados en 40.000 pesetas.-. No ha quedado...

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