SAP Zaragoza 409/2004, 6 de Julio de 2004

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2004:1801
Número de Recurso12/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución409/2004
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NUMERO: 409/04

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

D. Julián Carlos Arqué Bescós

MAGISTRADOS

D. Francisco Acín Garós

Dª Mª Elia Mata Albert

En Zaragoza a seis de julio de dos mil cuatro.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1, de los de Zaragoza, en el juicio ordinario nº 194/03, rollo nº 12/04 , en el que es apelante D. Juan Pedro , representado por la Procuradora Dª Eva Capablo Mañas y dirigido por el Letrado D. Antonio Blanco Bernués, y apeladas "LA ZARAGOZANA S.A." y "BEBINTER S.A. representadas por el Procurador

D. Alberto Javier Bozal Cortes y dirigidas por el Letrado D. Víctor Baquedano Castarlenas, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los que figuran en la sentencia impugnada, y

PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1, de los de Zaragoza, se dictó el 11 noviembre 2003 sentencia que contenía el siguiente fallo: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Alberto Javier Bozal Cortes, en representación de la Zaragozana S.A., contra D. Juan Pedro , representado por el Procurador Capablo Mañas, debo condenar y condeno al demandado a que pague a las actoras la suma de 11.680,49 euros, mas los intereses legales y sin expresa imposición de las costas procesales".

SEGUNDO

La representación de la parte demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación y dentro del termino del emplazamiento escrito de interposición, en el que solicitaba la revocación de la resolución recurrida y se dicte sentencia absolviéndole de todos los pedimentos de la demanda y se declare la nulidad de pleno derecho del contrato impugnado, con imposición de costas a quien se opusiere; y dado traslado del recurso a esta, dentro del termino de su emplazamiento presentó escrito de oposición, en el que solicitó la desestimación del recurso, con imposición de costas al apelante.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló el día 22 junio 2004 para votación y fallo.CUARTO.- En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales, a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refieren el art 465 LEC .

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Acín Garós.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicitada por "La Zaragozana" y "Bebinter" la condena del demandado al pago de

11.703,82 euros, suma por la que se cerró la cuenta que le había sido abierta, en la que se incluyeron 18 pagares firmados para la devolución del préstamo recibido y sus gastos de devolución, un cheque devuelto, con sus gastos, facturas impagadas, intereses sobre el préstamo, parte proporcional del apoyo financiero entregado, intereses sobre el mismo y la indemnización convenida -30 % de los 7200 euros prestados-, ya deducidos los 252,73 euros entregados a cuenta, opuso el demandado en su contestación: a) Que al haber suscrito únicamente dos de las tres hojas del contrato suscrito -la segunda y la tercera, no la primera- no prestó su consentimiento respecto del clausulado recogido en la misma, negando por ello la obligación de consumo mínimo invocado por la contraparte y el quinto incumplimiento contractual al que se refiere la actora en el hecho tercero de su demanda; b) Que respecto de los 2400 euros a que se refiere la cláusula sexta, entregados al demandado, los mismos lo fueron en concepto de préstamo sin interés, por lo que no son exigibles los devengados por aquella cantidad, que la actora reclama; y c) Que únicamente recibió las facturas en las que consta el sello del negocio en el recibí, esto es, las aportadas como documentos 32,

35.2, 36, 38.1, 39.1 y 41.

La sentencia de instancia, acogiendo en parte las razones del demandado, descontó del total reclamado 23,33 euros -albaranes carentes de la necesaria firma del receptor o del sello del establecimiento- y lo condenó al pago de 11.680,49 euros, pronunciamiento frente al que en la alegación primera de su recurso dice: a) Que al no haber comparecido personalmente uno de los...

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