SAP Zaragoza 227/2000, 28 de Julio de 2000

ECLIES:APZ:2000:2244
Número de Recurso186/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución227/2000
Fecha de Resolución28 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 227/2000

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En Zaragoza, a veintiocho de julio de dos mil.

La Ilma. Sra. Dª. Sara Arriero Espés, Magistrada Suplente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación el juicio de faltas número 487 de 1.999, procedente del Juzgado de Instrucción número Dos de Zaragoza, rollo 186 de 2.000 , seguido por LESIONES en agresión contra Bernardo , asistido del letrado D. Juan C. Macarrón, en cuyo juicio es parte acusadora el Ministerio Fiscal y denunciante Alberto asistido en este recurso por la letrada Dª María Angeles Pozo Martos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia con fecha diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y nueve cuya parte dispositivo es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo al denunciado Bernardo de la falta de lesiones agresión de que venía acusado con declaración de oficio de las costas procesales de esta instancia."

SEGUNDO

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: " El día 28 de junio de 1.999 Alberto se personó en el establecimiento destinado al bar del Club Deportivo Río Ebro y que regenta Bernardo a fin de cobrar unos salarios devengados por Alberto por unos servicios prestados en dicho bar entablándose una discusión entre ambos no habiendo quedado probado que en el transcurso de dicha discusión Bernardo golpease a Alberto ." Hechos probados que como tales no se aceptan debiendo ser sustituidos por los siguientes: " El día 28 de junio de 1.999 Alberto se personó en el establecimiento destinado al bar del Club Deportivo Río Ebro y que regenta Bernardo a fin de cobrar unos salarios devengados por Alberto por unos servicios prestados en dicho bar entablándose una discusión entre ambos en el transcurso de la cual Bernardo causó a Alberto una lesión consistente en contusión en el tercer dedo de la mano derecha que sólo precisó de una primera asistencia facultativa, precisando 12 días de estabilización lesional, quedándole como secuela física molestias dolorosas en el tercer dedo de la mano izquierda."

TERCERO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la representación del denunciante, expresando como motivos del recurso falta de claridad en los hechos probados y error en la apreciación de la prueba, y admitido en ambos efectos se dio traslado a las demás partes para alegaciones, adhiriéndose al recurso el Ministerio Fiscal e impugnándolo la representación del denunciado; y se remitieron las actuaciones a esta Audiencia.

CUARTO

Formado el oportuno Rollo y designada la Sra. Sara Arriero Espés, como encargada de conocer la apelación, se señaló para dictar el fallo el día 27 de Julio de 2000 en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales en ambas instancias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Invirtiendo el orden de los motivos aducidos por la parte recurrente y comenzando por el error en la apreciación de la prueba, el recurso se funda en que existe un informe médico que consta en autos, siendo las lesiones objetivas y en que quedó acreditado en el acto del juicio que el recurrente y el denunciado tuvieron una acalorada discusión que fue presenciada por los testigos que comparecieron el día del juicio, siendo esta situación la que dio lugar a la agresión, lo que desvirtuaría el principio "in dubio pro reo" al existir pruebas de cargo suficientes contra el denunciado.

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