SAP Zaragoza 277/2001, 14 de Diciembre de 2001

PonenteJULIO ARENERE BAYO
ECLIES:APZ:2001:2921
Número de Recurso177/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución277/2001
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 277/01

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

En Zaragoza a, catorce de diciembre del dos mil uno.

El Ilmo. Sr. D. Julio Arenere Bayo, Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación el Juicio de Faltas núm. 20 de 2.001, procedente del Juzgado de Instrucción de Daroca, Rollo núm. 177 de 2.001, seguido por falta de daños, contra Lucas , representado y defendido por el Letrado Sr. Millán Calvo, en cuyo juicio es parte acusadora el Ministerio Fiscal y siendo también partes Gema representada por la Procuradora Sra. López López y dirigida por la Letrada Sra. Cinca.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En los citados autos recayó sentencia con fecha 30 de Mayo de 2.001, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que debo absolver y absuelvo a Lucas de la falta que se le imputaba en estos autos, declaración de oficio las costas procesales causadas.".

Segundo

La Sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "Que en el mes de septiembre del año 2000, un ganado se introdujo en una finca sita en el término municipal de Las Cuerlas (Zaragoza) que se encontraba planta de girasoles, disfrutada a título de arrendatario por Gaspar , causando daños en el cultivo cuyo importe ascendió aproximadamente a 5.000 pesetas.".

Hechos probados que como tales se rechazan.

Tercero

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por Gema , al que se adhirió el Ministerio Fiscal, expresando como motivos los que se dirán y admitido en ambos en efectos se dio traslado a las partes para alegaciones, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia para la resolución del recurso y designación de ponente, señalo el fallo el día 14 de diciembre de 2001.

NUEVOS HECHOS PROBADOS

En el mes de septiembre del año 2.000, Lucas estuvo pastando con su ganado en el término municipal de Las Cuerlas (Zaragoza) en una finca propiedad de Gloria y Rafaela Catalán Prieto y arrendada a Gaspar ; en tal término municipal solía pastar el ganado de la denunciante Gema .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia argumenta su absolución en su fundamento primero, a través de un acertado análisis jurisprudencial de los requisitos que se exigen para que la declaración de la víctima tenga efecto probatorio, pero llega a la errónea conclusión de que en el caso de autos no se dan tales...

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