SAP Zaragoza 518/1998, 8 de Septiembre de 1998

PonenteJOSE JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI
Número de Recurso108/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución518/1998
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza

SENTENCIA NUMERO QUINIENTOS DIECIOCHO

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D.J. JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI

MAGISTRADOS

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. EDUARDO NAVARRO PEÑA

En la Ciudad de Zaragoza a ocho de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho

VISTOS par la Sección Cuarta de la Audiencia provincial de Zaragoza, integrada por las Magistrados del margen, el recurso de apelación contra la Sentencia dictada el 14 de Enero de 1998 por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de Zaragoza, en autos de juicio verbal civil del automóvil, seguidos con el número 594 de 1997 , sobre indemnización de daños y perjuicios, de que dimana el presente rollo de apelación núm. 108 de 1998, en el que han sido partes, apelante, el actor Don Luis Carlos , mayor de edad, casado vecino de Zaragoza, representado por el procurador Don José Ignacio de San Pio Sierra y asistido del Letrado Don losé Antonio Blesa Lalinde y apelados, los demandados Don Claudio y la entidad Iberia, Compañía Anónima de Seguros Generales, domiciliada en Barcelona y representados por el Procurador Don Joaqui Salinas Cervetto y asistidos del Letrado Dan Santiago Marco Briz y asimismo apelado el Consorcio de Compensación de Seguros, Delegación de Zaragoza, siendo Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado DON J. JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI , que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

SE ACEPTAN los correlativos de la sentencia recurrida.

PRIMERA

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente. "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por DON Luis Carlos , contra DON Claudio e IBERIA SEGUROS, debo condenar a los citadas demandados a que solidariamente abonen al actor la cantidad de NOVENTA y SEIS MIL PESETAS (96.000 pts,), sin hacer una expresa imposición de/ las costas del juicio".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal del demandante Don Luis Carlos se interpuso en tiempo y forma contra la misma el recurso de apelación, que admitido en ambos efectos, dado traslado a los demandados lo impugnaron. Remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial, Sección Cuarta.

TERCERO

Recibidos los mismos formado el correspondiente rollo, durante la substanciación dé la Segunda Instancia por Orden del Ministerio de Económica y hacienda, fecha 11 de marzo de 1988 (BOE, fecha 13 marzo 1998, Pg. 8883 y siguiente). Se acordó la disolución administrativa, y la liquidación por la Comisión liquidadora de Entidades Aseguradoras (CLEA) de la entidad Iberia, Compañía Anónima deSeguros Generales, Sociedad Anónima, demandada en el presente juicio verbal civil del Automóvil.

Por providencia de 29 de junio de 1998, se participó al Consorcio de Compensación de Seguras, Delegación de Zaragoza, quien se personó en el presente juicio declarativo, en la segunda instancia, conforme al Art. 8 e) de la Disposición Adicional 8ª de la Ley 30/95 en relación can el art. 11c...

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