SAP Zaragoza 661/1998, 10 de Noviembre de 1998

PonenteJOSE JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI
Número de Recurso177/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución661/1998
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza

SENTENCIA NUMERO SEISCIENTOS SESENTA Y UNO

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JOSÉ JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI

MAGISTRADOS

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. EDUARDO NAVARRO PEÑA

En la Ciudad de Zaragoza, a diez de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho

VISTOS por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación contra la Sentencia dictada el 2 de febrero de 1.998 por el Juzgado de Primera Instancia número ocho de Zaragoza, en autos de juicio de cognición, seguidos con el número 787 de 1.997 , sobre Propiedad Horizontal, de que dimana el presente rollo de apelación núm. 177 de 1.998, en el que han sido partes, apelante, la demandada Inmobiliaria Martín Aznar, con domicilio social en Zaragoza, representada por la Procuradora Doña Pilar Morellón Usón y asistida del Letrado Don Julián Carmona Fernández, y apelada, la actora DIRECCION000 de Zaragoza, representar da por el Procurador Don José María Angula Sainz de Varanda y asistida del Letrado Don Antonio Gómez Guiu, siendo Ponente, el Istmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

SE ACEPTAN los correlativos de la sentencia recurrida.

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. losó Mª. Angulo Sainz de Varanda, en nombre y representación de la DIRECCION000 , debo condenar y condeno a la demandada Inmobiliaria Martín Aznar, S.A., representada por la Procuradora Dª Pilar Morellón Usón, a que abone a la actora la cantidad de seiscientas noventa mil pesetas (690.000 ptas.), más los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución, con imposición de las costas causadas"

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandada Inmobiliaria Martín Aznar S.A se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que admitido en ambos efectos. Dado traslado a la parte demandante, lo impugnó. Remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial, Sección Cuarta.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo. No habiéndose recibido el juicio a prueba, ni considerado necesario la celebración de Vista, se señaló para votación y Fallo el día 4 de Noviembre de 1.998, en que tuvo lugar.CUARTO:-En la sustanciación de ambas instancias, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada.

PRIMERO

La copropietaria demandada apelante opone en primer lugar la excepción de inadecuación de procedimiento, en cuanto la Comunidad de Propietarios reclama en el presente juicio de cognición, el pago de cuotas vencidas por sustitución del ascensor del inmueble, por importe de 690.000 pesetas, cantidad que se incrementará con la condena al pago de dos cuotas de quince mil pesetas mensuales, que vayan venciendo hasta el pago del coste de la sustitución referida; y al ser la cuantía...

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