SAP Zaragoza 674/2004, 25 de Noviembre de 2004
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2004:2948 |
Número de Recurso | 141/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 674/2004 |
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
SENTENCIA NUMERO SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO
Ilmos. Señores:|
Presidente:|
D. José J. Solchaga Loitegui
Magistrados:|
D. Javier Seoane Prado
D. Eduardo Navarro Peña
--------------------------------------------En la Ciudad de Zaragoza a veinticinco de Noviembre de dos mil cuatro.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 23 de diciembre de 2003 por el Juzgado de Primera Instancia Número Diecisiete de Zaragoza, en autos de JUICIO VERBAL seguidos con el número 844 DE 2002 , sobre RECLAMACIÓN CANTIDAD , de que dimana el presente rollo de apelación numero 141 DE 2004 en el que han sido partes, apelante, los demandados DON Benjamín y DOÑA Claudia representados por la Procuradora Dª PATRICIA ANDREA GONZÁLEZ y asistidos la Letrada Dª BEATRIZ PAESA GARCIA, y, apelada, la demandante DIRECCION000 representada por la Procuradora Dª CARMEN REDONDO MARTÍNEZ y asistida de la Letrada Dª MARÍA LUISA ULIAQUE BOTELLA siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Seoane Prado que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Estimo la demanda interpuesta por la DIRECCION000 de esta capital y condeno a los demandados a que paguen a la actora la suma de SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS Y CINCUENTA CENTIMOS (747,50 Euros), y las costas de este juicio"
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandada DON Benjamín Y DOÑA Claudia , se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación. Dado traslado a la parte demandante formuló oposición al presente recurso remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.
Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 23 DE NOVIEMBRE DE 2004, en que tuvo lugar.CUARTO.- En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente resolución y
La DIRECCION000 reclama 747'50 € a los propietarios del piso NUM000 , D. Benjamín y Dª Claudia en concepto de cuotas debidas como contribución a la instalación de un ascensor, pretensión a la que se oponen los demandados sosteniendo que no se hallan obligados a dicho pago porque corresponde en exclusiva a los comuneros que decidieron la instalación del ascensor.
Para fundamentar su posición, y en lo que ahora reiteran por vía de recurso, los demandados invocan los acuerdos comunitarios que decidieron la instalación, así como el art. 9.1.e LPH y el art. 11 LPH , el primero en tanto que los acuerdos que sirven de base a la demanda serían nulos al implicar la...
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