SAP Zaragoza 671/2004, 24 de Noviembre de 2004
Ponente | EDUARDO NAVARRO PEÑA |
ECLI | ES:APZ:2004:2946 |
Número de Recurso | 117/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 671/2004 |
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
SENTENCIA NUMERO SEISCIENTOS SETENTA Y UNO
Ilmos. Señores:|
Presidente:|
D. José J. Solchaga Loitegui|
Magistrados:|
D. Javier Seoane Prado|
D. Eduardo Navarro Peña|
--------------------------------------------En la Ciudad de Zaragoza a veinticuatro de Noviembre de dos mil cuatro.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 17 de Noviembre de
2.003 por el Juzgado de Primera Instancia número Ocho de los de Zaragoza, en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 756/02 , sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 117/04, en el que han sido partes, apelante, la demandante , entidad mercantil "RED EUROPEA INMOBILIARIA DE ASESORES REI, S.A.", representada por la Procuradora Dª. María-Pilar Balduque Martín y asistida del Letrado D. Manuel Macua Pola, y, apelada, la demandada Dª. Rocío , representada por la Procuradora Dª. María-Susana de Torre Lerena yasistida del Letrado D. Jorge-Oswaldo Cañadas Santamaría, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: 1º). Desestimo la demanda interpuesta por Red Europea Inmobiliaria de Asesores REI, S.A. 2º). Absuelvo a Dª Rocío . 3º). Impongo las costas a la parte actora."
Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de la mercantil actora preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que la interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida estimase en su integridad los pedimentos de su demanda y condenase a la demandada al pago de las costas totales del proceso.
Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de la demandada, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición al mentado recurso, en el que solicitó su desestimación y la confirmación de la sentencia de primera instancia, con imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, y personadas en tiempo y forma hábiles ambas partes, apelante y apelada, se siguió el trámite legal, señalándose para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 16 del corriente mes de Noviembre, en que tuvo lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan o se opongan a los de la presente; y
La mercantil "Red Europea Inmobiliaria de Asesores REI, S.A." formuló demanda contra la Sra. Rocío en reclamación de la suma de 10.248,46 euros en concepto de honorarios devengados por los servicios de mediación prestados a dicha demandada para la venta de la finca urbana de su propiedad, sita en la CALLE000 , nº NUM000 , de esta Ciudad, conforme al contrato suscrito por ambas en fecha 15 de Febrero de 2.002 y aportado a autos, servicios por los que se logró poner en contacto a la...
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