SAP Zaragoza 510/1997, 4 de Noviembre de 1997

PonenteFERNANDO ZUBIRI DE SALINAS
Número de Recurso312/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución510/1997
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza

SENTENCIA N° 510/97

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. Pedro Antonio Pérez García

MAGISTRADOS

D. Fernando Zubiri de Salinas

p. Antonio Luis Pastor Oliver

En Zaragoza a cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

En Nombre de S.M. El Rey

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en grado de apelación, los autos de juicio de Menor Cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Numero Once de Zaragoza, con el número 836/96, Rollo de Apelación N° 312/97, a instancia de Dª Elsa , representada por la Procuradora Dª Beatriz García Boldova, y asistida del letrado D. Dionisio Esteban Porras, apelada en, esta instancia; contra D. Abelardo , representado por el Procurador D. Angel Ortiz Enfedaque y asistido del Letrado D. Juan José Antonio Nuñez Maestro, apelante en esta instancia, siendo Ponente en este recurso el Iltmo. Sr. D. Fernando Zubiri de Salinas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia recurrida de fecha 8 de abril de 1997, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando la demanda promovida en Juicio de Menor Cuantía n° 836/96-D a instancia de la Procuradora Sra. García Boldova, en nombre y representación de Dª Elsa , contra D. Abelardo , representado por el Procurador Sr. Ortiz Enfedaque, debo condenar y condeno a dicho demandado a que pague a la actora la cantidad de UN MILLON SEISCIENTAS VEINTIDOS MIL SETECIENTAS VEINTITRÉS PESETAS (1.622.723 ptas.) en concepto de principal, más el interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición judicial de la demanda, condenándole asimismo al pago de las costas procesales.".

SEGUNDO

El Procurador Sr. Ortiz Enfedaque, en representación del demandado, interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos. Elevadas las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes, y una vez personadas se formó el correspondiente rollo de Sala. Se señaló vista para el día 27 de octubre de 1997 a las 10.15 horas, entregándose los autos a las partes para instrucción. A la celebración de la vista asistieron por la parte apelante el Letrado D. Luis Alejandro Mangrané Cuevas, y por la apelada la Letrado Dª Marta Gil Galindo, e informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

TERCERO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales en ambasinstancias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los que se dirán; y

PRIMERO

La sentencia que es objeto del presente recurso de apelación funda el fallo estimatorio de la demanda y condenatorio para el recurrente en el hecho de que éste último no cumplió sus obligaciones concertadas en el convenio regulador dimanante de la separación conyugal, lo que determinó que la entidad crediticia ante la cual estaba pendiente el pago de parte del precio de adquisición de la vivienda exigiese el cumplimiento del débito, por el procedimiento previsto en el art. 131 de la Ley Hipotecaria , y para hacer frente a dicha exigencia la esposa demandante hubo de constituir un...

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