SAP Zaragoza 252/2004, 27 de Abril de 2004
Ponente | ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER |
ECLI | ES:APZ:2004:1006 |
Número de Recurso | 84/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 252/2004 |
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 252/2004
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ
En ZARAGOZA a veintisiete de Abril de dos mil cuatro.
En nombre de S. M. el Rey;
Vistos por la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de Apelación, los Autos de JUICIO VERBAL Nº 977/2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de ZARAGOZA, de los que dimana el presente ROLLO DE APELACIÓN núm. 84/2004; en los que aparece como DEMANDADO-apelante D. Sebastián , representado por el Procurador D. LUIS CELMA BENAGES y asistido por el Letrado D. JAVIER LAGUNAS NAVARRO y como DEMANDANTE-apelado D. Jose Enrique , representado por el Procurador D. LUIS GALLEGO COIDURAS y asistido por el Letrado D. ROBERTO SALVANES DURAN, siendo Magistrado Ponente en esta instancia el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 3 de diciembre de 2003, cuya parte dispositiva dice: Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Jose Enrique contra D. Sebastián , se declara resuelto en contrato de arrendamiento existente sobre la vivienda sita en la C/ DIRECCION000 , núm. NUM000 en esta ciudad de Zaragoza, CONDENANDO al demandado a los siguientes pronunciamientos:
1-A dejar libre y a disposición de D. Jose Enrique la vivienda sita en C/ DIRECCION000 núm. NUM000 de esta ciudad de Zaragoza.2-Al pago a la actora de la cantidad de cuatro mil ochocientos cincuenta y seis euros con dieciséis céntimos (4.856,16 euros).
3-Al pago del interés legal del dinero desde la fecha de esta resolución.
4-Al pago de las costas procesales."
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandada se interpuso contra la misma recurso de apelación y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y una vez personadas las partes se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado. Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 26 de abril de 2004.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Son dos las cuestiones que plantea la parte recurrente. La primera relativa a la imputación de la fianza al pago de parte de las deudas de las rentas reclamadas. Afirma el arrendatario que no es compensación de créditos, ex Art. 1196 del Código civil, sino imputación de pagos. Sin embargo, para que el deudor pueda imputar pagos ha de realizar el abono de parte de sus deudas, lo que requiere que el arrendatario sea quien pueda decidir sobre el destino...
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SAP Castellón 52/2006, 17 de Marzo de 2006
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