SAP Vizcaya 112/2000, 25 de Febrero de 2000
Ponente | MARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN |
ECLI | ES:APBI:2000:790 |
Número de Recurso | 311/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 112/2000 |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 112
ILMOS. SRES.
Dña. CARMEN KELLER ECHEVARRIA
Dña. MARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN
D. JAVIER RODRIGUEZ GALARZA
En BILBAO, a veinticinco de Febrero de dos mil.
Vistos en grado de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados del margen los presente autos de JUICIO EJECUTIVO nº 534/97, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE BARAKALDO y seguidos entre partes como apelante D. Eugenio , representado por el Procurador D. Emilio Martinez Guijarro y dirigido por el Letrado D. Javier Onaindia Abasolo y como apelado Lucas , representado por la Procuradora Dª Milagros Gómez Villarejo y dirigido por la Letrado Dª Eulalia Blanco Ochoa.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada, en cuanto se relacionan con la misma.
Que la referida Sentencia de instancia, de fecha 4 de Marzo de 1998 es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la oposición formulada por D. Lucas representado por la ProcuradoraSra. Larrasquitu Concepción contra la demanda instada contra aquél por el Procurador Sr. Martínez Guijarro en nombre y representación de D. Eugenio , no ha lugar a pronunciar Sentencia de Remate, denegando la ejecución despachada contra los bienes del demandado, imponiendo las costas procesales causadas en este juicio a la parte ejecutante. Contra esta resolución cabe Recurso de Apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término del QUINTO días, a contar desde su notificación. Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."
Que publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de D. Eugenio se interpuso en tiempo y en forma recurso de apelación que, admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia y emplazadas las partes para ante este Tribunal y subsiguiente remisión de los autos, comparecieron las partes por medio de sus Procuradores; ordenándose a la recepción de autos y personamientos efectuados la formación del presente rollo al que correspondió el número 311/98 de registro y que se sustanció con arreglo a los trámites de su clase.
Que hecho el oportuno señalamiento y convocadas las partes para la vista del recurso, se celebró éste ante la Sala el pasado día 22 de Febrero en cuyo acto, la parte apelante solicitó por medio de su Letrado, la revocación de la Sentencia impugnada y que, en su lugar, se dicte otra por la que se desestime todas las excepciones propuestas de contrario, y en consecuencia se dicte sentencia acordando despachar ejecución y continuar con la misma hasta hacer trance y remate de los bienes suficientes a cubrir las responsabilidades perseguidas por esta parte.
La parte apelada solicitó del Tribunal una Sentencia que desestimando el recurso confirme la resolución recurrida.
Terminado el acto, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para deliberación y resolución.
VISTOS, siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN
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