SAP Tarragona, 26 de Noviembre de 1999

PonenteMARIA CRUZ EUGENIA BODAS DAGA
Número de Recurso611/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona

SENTENCIA Nº

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. AGUSTIN VIGO MORANCHO

MAGISTRADOS

Dª. Mª ANGELES GARCIA MEDINA

Dª. Mª EUGENIA BODAS DAGA

En Tarragona, a veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, integrada por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha VISTO y admitido el presente recurso de apelación, interpuesto por SERVICIOS Y ASESORIA MARITIMA, S.A. representado en la instancia por el Procurador JOAN VIDAL ROCAFORT y defendida por el letrado ANTONIO MORA RUIZ contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº ocho de Tarragona, en 9 de octubre de 1.998, en autos de Juicio Ejecutivo nº 416/95 en los que figura como demandante CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES METALICAS SOBRE OBRA, S.L. y como demandada SERVICIOS Y ASESORIA MARITIMA, S.A..

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia recurrida, y

PRIMERO, La sentencia apelada contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando la demanda ejecutiva interpuesta por la representación procesal de CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES METALICAS SOBRE OBRA, S.L. contra SERVICIOS Y ASESORIA MARITIMA, S.A. debo declarar y declaro seguir adelante la ejecución despachada por cantidad de 2.415.137 pesetas reclamadas de principal, más gastos e intereses vencidos y que venzan, condenando al deudor mentado al pago de las costas procesales causadas y que se causen hasta su completo pago".SEGUNDO.- Que contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por parte de Servicios y Asesoria Marítima, S.A representada por el Procurador Sr. Vidal y defendida por el Letrado Sr. Mora que se admitió en ambos efectos y se emplazó a las partes, que comparecieron en el, rollo formado y, recibidos los autos, se ha seguido el trámite legal, celebrándose la vista del recurso, en cuyo acto informaron las partes en apoyo de sus respectivas pretensiones.

TERCERO, Que en la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han observado las normas legales.

VISTO y siendo ponente el Iltmo. Sr. Mª EUGENIA BODAS DAGA

FUNDAMENTOS JURIDICOS

PRIMERO, Contra la sentencia de instancia que desestima la excepción primera del art. 67 párrafo segundo de la Ley Cambiaria y del Cheque , opuesta por el demandado en su escrito de oposición a la ejecución, se alza el ejecutado, alegando en la vista oral del recurso, error en la valoración de la prueba que a su parecer ha vinculado al juez a quo, por entender que de la prueba caligráfica...

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