SAP Teruel 69/2003, 1 de Abril de 2003

PonenteFERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLA
ECLIES:APTE:2003:92
Número de Recurso42/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2003
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Teruel

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL

ROLLO DE APELACION CIVIL Nº 42/2003

JUZGADO DE Iª INSTANCIA Nº 2 DE ALCAÑIZ

SENTENCIA Nº: 69

Ilmos. Señores En la Ciudad de Teruel a uno de Abril

PRESIDENTE : de dos mil tres. D. José Antonio Ochoa Fernández MAGISTRADOS: D. Fermín Hernández Gironella Dª. María Teresa Rivera Blasco

La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Alcañiz, de fecha treinta de Diciembre de dos mil dos, dictada en autos de Juicio Cambiario, número 133/2002, seguidos a instancia de la mercantil CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA (LA CAIXA), representada por la Procuradora Dª. Pilar Clavería Esponera y defendida por el letrado D. Manuel Gómez Palmeiro, contra SERVICIOS FUNERARIOS Y AMBULANCIAS RUEDA S. L., representada por la Procuradora Dª. Olga Pina Bonías, y defendida por el letrado D. Carlos Carnicer Díaz; Ha sido parte apelante la actora Caja Ahorros y Pensiones de Barcelona, y apelada la demandada Servicios Funerarios y Ambulancias Rueda S. L., siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Fermín Hernández Gironella, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

I.-Se aceptan y dan por reproducidos en la presente resolución los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la oposición por la excepción de falta de legitimación del actor como de tenedor de las cambiales, planteada por la Procuradora Dª. Olga Pina Bonias, en nombre y representación de Servicios Funerarios y Ambulancias Rueda S. L., declaro no haber lugar a continuar con la ejecución despachada a instancia de la Procuradora Dª. Pilar Clavería Espinera, en nombre y representación de la "Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (La Caixa)" y acuerdo alzar todos los embargos y medidas de garantía trabadas sobre los bienes de Servicios Funerarios y Ambulancias Rueda S. L., todo ello con expresa imposición de todas las costas a la parte ejecutante."

II.-Contra la referida sentencia y auto se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la actora "Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (La Caixa)", interesando la revocación de la sentencia apelada, para que se dictase otra por la que se estimasen en su integridad los pedimentos de la demanda, con imposición a la demandada de las costas causadas en ambas instancias.

III.-El Juzgado de Primera Instancia tuvo por formalizado el recurso de apelación en providencia de fecha cinco de Febrero de dos mil tres, en el que se acordaba dar traslado del escrito de interposición a las demás partes por diez días; presentando dentro de dicho la representación de demandada Servicios Funerarios y Ambulancias Rueda S. L., escrito oponiéndose al recurso y solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la resolución recurrida.

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