SAP Teruel 171/2002, 31 de Octubre de 2002

PonenteFERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLA
ECLIES:APTE:2002:236
Número de Recurso240/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución171/2002
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Teruel

SENTENCIA N° 171

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE ACCTAL.

D. Fermín Hernández Gironella

MAGISTRADOS:

Dª. María Teresa Rivera Blasco

D. Juan Carlos Hernández Alegre

En la ciudad de Teruel a treinta y uno de Octubre de dos mil dos.

La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Teruel, de fecha tres de Junio de dos mil dos, dictada en autos de Juicio Verbal seguidos con el número 58/2002, a instancia de la CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE DE FUNCIONARIOS (C.

S. I.- C. S. I. F.), representada por la Procuradora Dª. Pilar Cortel Vicente y defendida por el letrado D. José Luis Fortea Gorbe, contra la mercantil GUIA TELEFAX ANUARIO PROFESIONAL S. L., representada por el Procurador D. Carlos García Dobón y defendida por la letrado Dª. María José Velázquez Romero, posteriormente sustituida por el letrado D. Jorge Bosch Martínez de Pinillos Han sido parte apelante la demandada "Guía Telefax Anuario Profesional S. L.", y apelada la actora "Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSI - CSIF)"con domicilio a efectos de notificaciones en el de la Procuradora Dª. Pilar Cortel Vicente; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fermín Hernández Gironella que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Se dan por reproducidos en la presente resolución los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Pilar Cortel Vicente, en nombre y representación de C. S. I.- C.S. I. F., contra Guía Telefax Anuario Profesional S. L., debo declarar y declaro la nulidad del contrato concertado entre las partes, de fecha veintiuno de Marzo de dos mil, y en consecuencia debo declarar y declaro no haber lugar a reclamación alguna ni económica de de cualquier otra especie por parte de Guía Telefax Anuario Profesional S. L. a la demandante, con expresa imposición de costas a la parte demandada ".II.- Contra la referida sentencia se preparó e interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por el Procurador D. Carlos García Dobón, actuando en nombre y representación de Guía Telefax Anuario Profesional S. L., interesando la revocación de la sentencia apelada, para que se dictase otra que desestimase la totalidad de los pedimentos de la demanda con imposición de costas a la parte demandada.

  2. El Juzgado de Primera Instancia tuvo por formalizado el recurso de apelación en providencia de fecha cuatro de Julio de dos mil dos, en la que se acordaba dar traslado del mismo a las demás partes por diez días, presentando la representación de la actora Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSI CSIF), dentro del plazo que le fue conferido, escrito oponiéndose al recurso y solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la resolución recurrida.

  3. Elevadas las actuaciones a este Tribunal, que las recibió en fecha ocho de Octubre de dos mil dos, se acordó la formación del...

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