SAP Teruel 203/1998, 28 de Diciembre de 1998

PonenteJOSE ANTONIO OCHOA FERNANDEZ
Número de Recurso235/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución203/1998
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Teruel

SENTENCIA Nº 203

Ilmos. Señores

PRESIDENTE:

D. José Antonio Ochoa Fernández

MAGISTRADOS:

D. Fermín Hernández Gironella

Dª Mª Teresa Rivera Blasco

En la ciudad de Teruel, a veintiocho de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Audiencia Provincial, integrada para este asunto por los Magistrados indicados al margen, ha visto el recurra de apelación interpuesta contra la sentencia de fecha uno de octubre del presente año, dictada en autos civiles n° 123/98, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Teruel , juicio de menor cuantía promovido por DOÑA Ángeles , mayor de edad, vecina de Orihuela del Tremedal (Teruel), C/ DIRECCION000 nº NUM000 y con D.N.I. nº NUM001 , actuando por sí y en representación de su hija menor Valentina contra DOÑA Asunción , mayor de edad, casada, vecina de Amposta Tarragona) C/ DIRECCION001 nº NUM002 , provista del D.N.I. nº NUM003 , DOÑA Nieves ; mayor de edad, viuda, vecina de Orihuela del Tremedal (Teruel) C/ CARRETERA000 nº NUM004 , provista del D.N.I. nº NUM005 y DOÑA Constanza , mayor de edad, casada, vecina de Orihuela del Tremedal, C/ DIRECCION002 n° NUM006 y con D.N.I. nº NUM007 , sobre declaración de nulidad de disposición testamentaria.

Han sido parte en esta alzada, como apelante, la actora, que ha estado representada por la Procuradora Dª. Isabel Pérez Fortea y defendida por el Letrado Don Luis Ignacio Lozano Cabañero y, como parte apelada, las demandadas referidas, representadas por el Procurador Don Carlos García Dobón y asistido por el Abogado D. Miguel Angel Lou Mayoral; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don José Antonio Ochoa Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. El Fallo de la sentencia apelada es del tenor siguiente:

    "Desestimando la excepción de falta de legitimación activa y estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª María Isabel Pérez Fortea, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de Dª Ángeles , contra Dª Nieves y Dª Constanza y Dª Asunción , debo declarar y declaro la nulidad parcial del testamento otorgado en fecha 9 de septiembre de 1992 por D. Esteban ante el Notario que fue de Albarracín, Dª Argentina Jara Rodenes, causando el numero 266 de su protocolo, afectando lanulidad a las dos terceras partes de la institución de heredero constituida en favor de D. Franco y Dª Nieves y sus descendientes; debo declarar y declaro abierta la sucesión intestada sobre esos dos tercios del caudal relicto del Sr. Asunción ; debo declarar y declaro ineficaces los documentos e inscripciones regístrales que traigan causa del testamento objeto de esta resolución; debo condenar y condeno a los demandados a otorgar cuantas escrituras públicas sean precisa para cancelar las posibles inscripciones registrales practicadas como consecuencia del testamento a que se contrae el procedimiento; debo disponer y dispongo librar sendos mandamientos dirigidos a la oficina notarial de Albarracín y al Registro general del Actos de ultima voluntad con objeto de que se proceda a tomar nota de la...

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