SAP Teruel 152/1997, 19 de Noviembre de 1997

PonenteFERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLA
Número de Recurso188/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución152/1997
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Teruel

SENTENCIA N° 152

Ilmos. Señores

PRESIDENTE

D. José Antonio Ochoa Fernández

MAGISTRADOS:

D. Fermín Hernández Gironella

Dª. María Teresa Rivera Blasco

En la Ciudad de Teruel a diecinueve de Noviembre de mil novecientos noventa y siete.

La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Teruel, de fecha diecisiete de Octubre de mil novecientos noventa y siete , dictada en autos incidentales de impugnación por indebidas y excesivas de la tasación de costas, dimanante de autos de Juicio de Cognición 27/1996, siendo partes del mismo, como impugnantes, D. Carlos Jesús y D. Luis Angel , representados por la Procuradora Dª. Pilar Cortel Vicente y asistidos del letrado D. Juan Carrasco Zapata, y como parte impugnada la Sociedad General de Autores y Editores, representada por el Procurador D. Luis Barona Sanchís y asistida de la letrado Dª. Dora De Teresa Almenara; han sido parte apelante los citados actores D. Carlos Jesús y D. Luis Angel , con domicilio a efectos de notificaciones en el de la Procuradora Dª. Pilar Cortel Vicente y apelada la Sociedad General de Autores y Editores, con domicilio a efectos de notificaciones en el del Procurador D. Luis Barona Sanchís, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Fermín Hernández Gironella que expresa el parecer unánime de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Se aceptan como tales los, con ese carácter se contienen en la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando como desestimo la impugnación planteada por la Procuradora Sra. Corcel Vicente, en la representación que ostenta, frente a la tasación de costas practicada por la Sra. Secretario en fecha 26 de Junio de 1997 debo aprobar y apruebo la citada tasación confirmándola en sus propios términos, e imponiendo el pago de las costas causadas por este incidente a la parte impugnante condenada a su pago.

  2. Contra la referida sentencia y auto se interpusieron recurso de apelación en tiempo y forma los impugnantes D. Carlos Jesús y D. Luis Angel , interesando la revocación de la sentencia recurrida y que sedictase otra que se excluyesen de la tasación de costas los honorarios del Procurador D. Luis Barona Sanchís; siendo admitido el mismo en providencia del Juzgado de instancia de veintisiete de Octubre de mil novecientos noventa y siete, en la que se acordaba dar traslado a las demás partes por cinco días, presentándose en dicho plazo escrito por la representación de la parte impugnada en el que se oponía el recurso planteado por la contraria solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la resolución...

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