SAP Toledo 58/2005, 16 de Febrero de 2005

PonenteRAFAEL CANCER LOMA
ECLIES:APTO:2005:141
Número de Recurso247/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución58/2005
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

SENTENCI A

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 247 de 2.004, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Talavera de la Reina, en el juicio Verbal núm. 21/04 , sobre extinción del plazo de arriendo, en el que han actuado, como apelante INVERSIONES MONTEARAGON, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Sra. González Navamuel y defendido por el Letrado Sr. Garrido Fernández; y como apelada VICENTE CLADO, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Sra, Parra Martín y defendido por el Letrado Sr. Urbina.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL CANCER LOMA, que expresa el parecerde la Sección, y son,

ANTECEDENT ES
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Talavera de la Reina, con fecha14 de abril de

2.004, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por Inversiones Montearagón S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Costa Pérez y asistido del Letrado Sr. Colado García de la Torre, frente a Vicente Colado S.L., representado por el Procuradot Sra. Gómez Serranillos, y asistido del Letrado Sr. Urbina Uriz, absuelvo a dicho demandado de sus pedimentos y ello con expresa imposición a la parte actora de las costas causadas

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por la demandante, dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-SE REVOCAN los fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto no se entienden ajustados a derecho y en todo lo que contradigan a la presente resolución, si bien se ratifican los antecedentes de hecho, que relatan la dinámica procesal, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se circunscribe el objeto de controversia en esta alzada a determinar si por el Juzgador de instancia ha sido infringido el art. 9 y 57 de la Ley de Arrendamientos Urbanos , por falta de aplicación del primero o indebida aplicación del segundo, dado que en el contrato de arrendamiento que vinculaba a las partes se pactó claramente la duración del contrato por un período de un año, contemplándose la posibilidad de prórrogas anuales.

Esta controversia ampliamente tratada por la jurisprudencia a dado lugar a dos corrientes...

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