SAP Tarragona 26/1997, 25 de Octubre de 1997
Ponente | FERNANDO JAREÑO CORTIJO |
Número de Recurso | 83/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 26/1997 |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 1997 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona |
SENTENCIANUM. 26
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. Fernando Jareño Cortijo
MAGISTRADOS
Dª Ana Mª Aparicio Mateo
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
En Tarragona a veinticinco de octubre de mil novecientos noventa y siete.
Visto ante esta Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por la demandada Cía de Seguros Mercurio S.A. representada por el Procurador D. José Farré Lerin y defendida por el Letrado D. Manuel Aguilar Borge contra la sentencia dictada por el Juzgado de Tarragona nº 5 en 23 de Junio de 1997 , en autos de Juicio Verbal del Automóvil en los que ha figurado como demandante D. Marcos , que ha comparecido en esta alzada como apelado, representado por el Procurador D. Juan Antonio Gómez de la Guerra y defendido por el Letrado D. Ramón Franqués Sardé y como demandados D. Luis Pedro que no ha comparecido en esta alzada, la Cía de Seguros Mercurio S.A. ya citada que interviene como apelante D. Eloy declarado en rebeldía y la Cía de Seguros Mapfre S.A. que ha comparecido como apelada, representada por el Procurador D. Luis Colet Panadés y defendido por el Letrado D. José Felip Colet.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Juan Antonio Gómez de la Guerra, en nombre y representación de Marcos -, y condeno a Luis Pedro , Eloy , Cía de Seguros Mercurio S.A: y Mapfre S.A., representado por los Procuradores Josep Farré Lerín y Luis Colet Panadés respectivamente, a que firme que sea la presente resolución abonen conjunta y solidariamente al actor 124.890 pesetas, más los intereses del 20% a cargo de las Compañías aseguradoras desde la fecha del siniestro ocurrido en 25 de septiembre de 1995; todo ello sin expresa imposición de las costas procesales causadas".
Que contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por lademandada la Cía de Seguros Mercurio S.A. que se admitió en ambos efectos y se dio traslado a las partes para alegaciones y practicadas se elevaron los autos a esta Audiencia que estimó no ser necesaria la celebración de vista oral señalándose el día 20 Octubre 1997, para discusión y votación del Fallo.
Que en la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han...
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