SAP Cantabria 228/2000, 28 de Abril de 2000
Ponente | BRUNO ARIAS BERRIOATEGORTUA |
ECLI | ES:APS:2000:954 |
Número de Recurso | 82/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 228/2000 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚM. 228
Ilmos. Sres. Magistrados
Doña. Clara Penín Alegre
Don Bruno Arias Berrioategortua
Don José Manuel Fínez Ratón
En la Ciudad de Santander, a veintiocho de Abril de dos mil.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Santander los presentes Autos de Juicio de interdicto de recobrar, núm. 325 de 1996, Rollo de Sala núm. 82 de 1998 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. uno de Santoña, seguidos a instancia de D. Luis María contra D. Héctor . A los citados autos se han acumulado los autos de interdicto de recobrar núm. 57 de 1997 seguidos en el mismo Juzgado a instancia de D. Luis María contra Dª Marta .
En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Luis María , representado por el Procurador Sr. Llanos García y defendido por el Letrado Sr. Gómez Villa; y apelado D. Héctor , representado por la Procuradora Sra. Diez Garrido y defendido por el Letrado Sr. De Diego Martínez; y Dª Marta , declarada en rebeldía procesal.
Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. Bruno Arias Berrioategortua.
Que por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia núm uno de Santoña y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha 16 de Diciembre de 1997 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO.- Que desestimando las demandas de interdicto de recobrar y retener acumuladas formuladas por Don Luis María contra Don Héctor y Doña Marta debo declarar y declaro no haber lugar a las mismas, absolviendo de ellas a los demandados y con empresa imposición de las costas al actor, todo ello sin perjuicio de tercero y reservando a las partes el derecho que puedan tener sobre la propiedad o posesión definitiva, el cual podrán utilizar en el juicio correspondiente."
Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandante, interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado, y emplazadas las partes se personaron ante esta Audiencia Provincial en que, tras instruirse las partes, se señaló la Vista del recurso para el pasado día doce de Abril, en que se celebró quedando los autos vistos para Sentencia.TERCERO: En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar Sentencia por el volumen de asuntos que pesan sobre el órgano judicial.
Se admiten los de la Sentencia de instancia, y
La sentencia recurrida advirtiendo de oficio y sin que tal cuestión se alegara y discutiera por las partes, que el actor empleó una acción interdictal inadecuada, concluyó desestimando la demanda. Frente a tal desestimación se alza la parte actora reiterando similares pretensiones a las expuestas en la alzada, afirmando que el interdicto de obra nueva resultaba improcedente frente al despojo posesorio consiguiente a las obras de excavación realizadas por el demandado y que la acción interdictal emprendida debió prosperar por concurrir los requisitos necesarios para ello. De manera subsidiaria solicitó la no imposición de las costas por las razones contenidas en la minuta presentada en sustitución de su asistencia a la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Albacete 84/2009, 11 de Junio de 2009
...sido realizada con el único propósito de perjudicar (SAP Baleares 19-7-2000 ); se trate de obras realizadas de forma clandestina (SAP Cantabria 28-4-2000 ), o con rapidez que imposibilite la interposición del Interdicto de obra Nueva (SSAP Barcelona Secc. 16, 17-12-1999, y Málaga 3-1-2000, ......
-
SAP Córdoba 4/2004, 8 de Enero de 2004
...de luces; y en consecuencia como señala la doctrina de las Audiencias Provinciales, deforma unánime (ver por todas Sentencia de la A.P. de Cantabria de 28 de abril de 2000) "para determinar si el procedente es el interdicto de retener y recobrar o el de obra nueva, resulta fundamental atend......
-
SAP Albacete 153/2007, 6 de Noviembre de 2007
...sido realizada con el único propósito de perjudicar (SAP Baleares 19-7-2000 ); se trate de obras realizadas de forma clandestina (SAP Cantabria 28-4-2000 ), o con rapidez que imposibilite la interposición del Interdicto de obra nueva (SSAP Barcelona Secc. 16, 17-12-1999, Málaga 3-1-2000, Ta......
-
SAP Madrid 31/2006, 31 de Enero de 2006
...con el único propósito de perjudicar (SAP Baleares 19 de julio de 2000 ); se trate de obras realizadas de forma clandestina (SAP Cantabria 28 de abril de 2000 ), o con rapidez que imposibilite la interposición del interdicto de obra nueva (SSAP Barcelona, sección 16ª, 17 de diciembre de 199......