SAP Pontevedra 19/2005, 17 de Febrero de 2005
Ponente | JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA |
ECLI | ES:APPO:2005:1996 |
Número de Recurso | 291/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 19/2005 |
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª |
SENTENCIA
En PONTEVEDRA , a diecisiete de febrero de dos mil cinco.
Vistos por la Sección 4 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA , integrada por su Presidente Don Antonio Berengua Mosquera y por los Magistrados Don José Carlos Montero Gamarra y Doña Nelida Cid Guede, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 30 /2004 , procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de PONTEVEDRA , a los que ha correspondido el Rollo de apelación civil núm. 291 /2004, en los que son parte, como apelante don Ignacio representado por la procuradora doña CONCEPCION GARCÍA RIESTRA, y asistido por la Letrada doña MARIA LARIÑO NOYA , y como apelados la entidad SEGUROS CATALANA OCCIDENTE S.A. representada por la procuradora doña CARMEN TORRES ALVAREZ, y asistida por la Letrada doña Mª EUGENIA VELASCO PAZOS, y D. Luis Manuel y Dª Margarita , en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad por daños en tráfico , y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don José Carlos Montero Gamarra.
SE ACEPTAN los de la sentencia de primera instancia y,
Por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pontevedra se dictó sentencia de fecha uno de junio de dos mil cuatro en los autos de Procedimiento Ordinario seguidos ante dicho Juzgado con el número 30/2004 , cuyo fallo contiene los siguientes pronunciamientos:
"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Concepción García Riestra, en nombre y representación de don Ignacio , debo condenar y condeno a Luis Manuel , a doña Margarita y a la entidad asegurador CATALANA DE OCCIDENTE a que abonen al demandante conjunta y solidariamente la cantidad de MIL CIENTO VEINTICINCO EUROS (1.125 euros) con los intereses previstos enel fundamento jurídico sexto.- Cada una de las partes pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.....".
Contra la reseñada sentencia se preparó en tiempo y forma legal, recurso de apelación por la representación del demandante D. Ignacio ; el cual se tuvo por preparado emplazándose al recurrente para que en término de veinte días, lo interpusiera; lo que efectuó a medio de escrito en el que, con base en las alegaciones que dejaba consignadas interesaba se dicte sentencia revocatoria a la dictada en Primera Instancia dictando otra enla que se condene a don Luis Manuel , Doña Margarita y a Catalana de Occidente, a abonar a don Ignacio la cantidad de 5.900 euros más los intereses legales desde la fecha del siniestro, de acuerdo al suplico de nuestra demanda..TERCERO.- Del escrito de interposición del recurso se dió traslado a las demás partes, emplazándolas por diez días para que presentaran escrito de oposición al recurso, o en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultare desfavorable, presentándose escrito por la representación de la entidad Catalana Occidente, formulando oposición a la apelación e interesando, con base en las alegaciones, que igualmente dejaba consignadas, que desestimando el...
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