SAP Santa Cruz de Tenerife 354/2002, 1 de Julio de 2002
Ponente | ROBERTO ROLDAN VERDEJO |
ECLI | ES:APTF:2002:1813 |
Número de Recurso | 205/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 354/2002 |
Fecha de Resolución | 1 de Julio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
SENTENCIA N° 354/ 2002
Rollo: recurso de apelación 205 /2001
Autos: 134/1999
Jdo. 1ª Inst. e Instr. n°3, Granadilla de Abona
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. ROBERTO ROLDÁN VERDEJO
Magistrados:
D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
Dña. MARIA ELVIRA AFONSO RODRÍGUEZ
En Santa Cruz de Tenerife, a uno de Julio de dos mil dos.
Visto, por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada en los autos de menor cuantía seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 3 de Granadilla de Abona en virtud de la demanda interpuesta por Orotianda, S.L., representada por el Procurador D. Ángel Oliva-Tristán Fernández contra Disa Red de Servicios Petrolíferos, representada por el Procurador D. Francisco González Pérez; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente sentencia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ROBERTO ROLDÁN VERDEJO, con base en los siguientes:
En los autos indicados la Sra. Juez Dña. María del Mar Gallego Cerro, dictó sentencia el once de septiembre de dos mil, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
" FALLO Que debo desestimar la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Sr. Oliva Tristan en nombre y representación de OROTIANDA contra DISA red de servicios petrolíferos, S.A condenando a la actora al pago de las costas causadas."
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación porla representación de la parte demandante, se tuvo por formulado, y fue admitido en ambos efectos, remitiéndose las actuaciones a esta Sección previo emplazamiento de las partes.
Instruidas las partes y el Ponente, se señaló día y hora para la Vista, que tuvo lugar el día 19 de Febrero de 2002, a las 9:10 horas, compareciendo los letrados D. Juan F. Rodríguez Mejías y D. Eugenio González Pérez, quienes informaron en apoyo de sus pretensiones, según consta en el acta que se extendió al efecto.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, excepto en el plazo de dictarse sentencia, dada la complejidad de análisis de las actuaciones practicadas.
Partiendo de la gran complejidad en que se desarrolla el presente proceso en el que se trata de dar por terminadas por la parte actora de las relaciones entre Orotianda S.L. y la empresa Disa, Red de Servicios petrolíferos S.A. respecto de una estación de Servicios ubicada en terrenos propiedad de Orotianda, pero que ha sido construida por Disa, y a su cuenta, en virtud de un contrato de superficie, es oportuno, como primera medida, y en virtud del conjunto variado de alegaciones y argumentos formulados por la parte actora, dejar fijado cual es el concreto "petitum" solicitado por la demanda, y las razones en que se basa.
En este aspecto, esta Sala llega a la conclusión de que lo que se solicita en este recurso es que sea declarado resuelto el acuerdo contractual entre la recurrente y la demandada, y ello en relación con los contratos que como documentos se presentan bajo los números 2 y 3 de la demanda, es decir el contrato de constitución de un derecho de superficie de 22 de Octubre de 1987, y el de la misma fecha en que se otorga la concesión de la explotación de la Estación de Servicios a la actora, como entidad revendedora, con las obligaciones y derechos que se fijan en ese contrato. El...
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ATS, 31 de Julio de 2007
...contra la Sentencia dictada, con fecha 1 de julio de 2.002 por la Audiencia Provincial de Tenerife (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 205/2001, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía 134/1999 del Juzgado de Primera instancia nº 3 de Granadilla de - Mediante Providencia de ......