SAP Pontevedra 82/1999, 13 de Noviembre de 1999

PonenteCESAR AUGUSTO PEREZ QUINTELA
Número de Recurso1054/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución82/1999
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra

SENTENCIA NUM. 82/99

Pontevedra, a trece de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de Procedimiento Penal Abreviado, seguidos ante el Juzgado de lo Penal de Pontevedra nº 2 con el número 0229/98 (Rollo de Sala nº 1054/99 ), sobre CONTRABANDO, en el que son partes: Como apelante Constantino , representado por la Procuradora Dña. Susana Tomás Abal, bajo la dirección del

Letrado Sr. García González y como apelado el MINISTERIO FISCAL, siendo Ponente el Iltmo. Sr.

D. CÉSAR AUGUSTO PÉREZ QUINTELA.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Con fecha 15 de Enero de 1.999, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo Fallo, literalmente, dice: "Que debo absolver y absuelvo a Constantino , de toda responsabilidad criminal en el delito de resistencia grave del que venía siendo acusado con declaración de las costas de oficio; y

Que debo condenarle y condeno como responsable criminal, en concepto de autor directo, de un delito de contrabando, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de UN AÑO, CUATRO MESES y UN DIA DE PRISION y MULTA DE OCHO MILLONES DE PESETAS, con arresto sustitutorio de un día por cada 50.000.- pts o fracción que dejare de abonar, debiendo indemnizar a la Hacienda Pública en la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTAS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTAS CINCUENTA Y UNA PESETAS, por la deuda tributaria defraudada.

Y todo ello con expresa imposición al condenado de mitad de las costas del procedimiento. Dése al tabaco intervenido el destino legal.

Se decreta el comiso de la furgoneta marca Renault modelo 4F, matrícula R-....-RG ".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el acusado, Constantino , confiriéndose traslado del mismo a las restantes partes personadas y al Ministerio Fiscal por término de diez días, formulándose oposición a dicho recurso, en tiempoy forma, por el Ministerio Fiscal.

Tercero

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso e impugnación al mismo, correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 14/6/99,sin que por ninguna de las partes se haya interesado el recibimiento del juicio a prueba en esta instancia ni la celebración de la vista.

.Cuarto.- Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, que son los siguientes: RESULTA PROBADO Y ASI SE DECLARA: Que sobre las 6:00 horas del día 1 de Marzo de 1.997, y con ocasión de un operativo de control realizado por el Servicio de Vigilancia Aduanera, una dotación de dicho Cuerpo detectó la presencia de una furgoneta marca Renault modelo 4F, matrícula R-....-RG , sospechosa de transportar géneros de contrabando, que circulaba por la carretera de Ribadumia a Cambados. A pesar de que los Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera le dieron el alto al conductor mediante las preceptivas señales luminosas, la furgoneta continuó su marcha y en un momento dado le dieron alcance y la interceptaron, saliendo uno de los ocupantes de la misma, acompañante del conductor y no identificado, que se encaró a los citados Agentes, no dejando salir del vehículo a uno de ellos, forcejeando con él y huyendo finalmente. Al mismo tiempo que se producía la situación anterior, el conductor de la furgoneta continuó su marcha, siendo alcanzado e interceptado posteriormente por los citados funcionarios.

Una vez detenido, se procedió a la identificación del conductor de la furgoneta que resultó ser Constantino , sin antecedentes penales,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Pontevedra 123/2007, 4 de Julio de 2007
    • España
    • 4 d3 Julho d3 2007
    ...en materia de responsabilidad civil hemos acordado en la presente resolución, es la seguida, entre otras, en las sentencias de la A.P. de Pontevedra de 13 de noviembre de 1999, de León de 20 de julio de 1999, de Lérida de 16 de junio de 2005 y de Barcelona de 12 de mayo de Procede, en conse......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR