SAP Salamanca 209/2003, 19 de Mayo de 2003

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
ECLIES:APSA:2003:341
Número de Recurso259/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución209/2003
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección ª

SENTENCIA NÚMERO 209/03

ILMO SR PRESIDENTE ACCTAL:

DON F. JAVIER CAMBÓN GARCÍA

ILMOS SRES MAGISTRADOS.

DON JAIME MARINO BORREGO

DON JESÚS PÉREZ SERNA

En la ciudad de Salamanca a diecinueve de mayo del año dos mil tres.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio de Ordinario Nº 411/02 del Juzgado de 1ª Instancia de Salamanca Nº 6 , Rollo de Sala Nº 259/03 ;han sido partes en este recurso: como demandante apelado CENTRO ESPAÑOL DE DERECHOS REPROGRÁFICOS ( CEDRO) , representado por la Procuradora Doña María Teresa Domínguez Cidoncha, bajo la dirección del Letrado Don Elias Plaza López Berges ; como demandado apelante ENTIDAD MERCANTIL " REPROGRAFÍA SIGNO, S.L." , representada por la Procuradora Doña María del Pilar Hernández Simón y bajo la dirección del Letrado Don Arcadio Marcos López .

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día veintisiete de enero de dos mil tres, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia Nº 6 de Salamanca, se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente FALLO: " En la demanda interpuesta por el Procurador Doña María Teresa Domínguez Cidoncha en nombre y representación de Centro Español de Derechos Reprográficos ( Cedro), frente a Reprografía Signos S.L. representada por el Procurador Doña Pilar Hernández Simón, hago los siguientes pronunciamientos:-Declaro: 1º.- Que se ha llevado a cabo por Reprografía Signo S.L. una actuación merecedora de ser calificada como de reproducción ilícita de obras impresas o reprografía ilegal vulneradora de los derechos de propiedad intelectual. 2º- Que Reprografía Signo S.L. se halla obligada a solicitar de la actora la pertinente autorización o licencia para la utilización, mediante el sistema de reproducción por reprografía o máquinas fotocopiadoras, de las obras impresas del repertorio de Cedro, si desea realizar la actividad de reproducción de obras dentro de los límites y bajo la remuneración establecida por Cedro. 3º.- Que mientras Reprografía Signo S.L. no cuenta con la pertinente autorización o licencia para reproducir las obras que forman el repertorio de la actora, no puede fotocopiar las mismas.- Condeno a la demandada: a) A estar y pasar por las anteriores declaraciones. B). A cesar en la actividad ilícita de reproducción o fotocopiado de obras protegidas por la legislación sobre propiedad intelectual en tanto no cuente con la pertinente licencia, con prohibición de reanudarla, así como a la retirada y destrucción de aquellos ejemplares o copias ilícitos que se hallaren en su establecimiento comercial. C) A indemnizar a Cedro en la cantidad de cuatro mil un euros con cuarenta y cinco céntimos. D) Al pago de las costas originadas en el presente procedimiento."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada , que fue formalizado en tiempo y forma y presentado escrito hizo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la revocación de la resoluciónrecurrida ,dictándose otra en la que se absuelva a su representado de los pedimentos de la demanda, con expresa imposición de costas al actor ; dado traslado de la interposición del recurso a la contraparte, por esta se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte adversa.

  3. - Recibidos los autos...

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