SAP Salamanca 27/2000, 23 de Marzo de 2000

PonenteJOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
ECLIES:APSA:2000:247
Número de Recurso30/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución27/2000
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO 27/00

ILMO. SR. PRESIDENTE ACCTAL.

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON JAIME MARINO BORREGO

DON J. RAMON GONZALEZ CLAVIJO

En la ciudad de Salamanca, a veintitrés de marzo de dos mil.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación las Diligencias núm. 170/99, del Juzgado de lo Penal número 1 de Salamanca , dimanante de Diligencias Previas núm 642/99, instruidas en el Juzgado de Instrucción número 9 de Salamanca , sobre delito contra la propiedad intelectual.- Rollo de apelación núm. 30/00. - contra:

Luis , nacido el día 15 de mayo de 1972, hijo de Mariano y de Ramona, natural de Teruel y vecino de Salamanca, con DNI número NUM000 , con instrucción, sin antecedentes penales, estando declarado solvente parcial, en libertad por esta causa salvo posterior comprobación, representado por la Procuradora Doña Mª Luisa Lamela Rodríguez y defendido por el Letrado Don Pedro Méndez Santos. Han sido partes en este recurso, como apelante el anteriormente citado y como apelados EL MINISTERIO FISCAL y AFYVE (Asociación Fonográfica y Videográfica Española), representada por la Procuradora Doña Ana Inestal Sierra y defendida por el Letrado Don José Luis Romo Boyero, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON J. RAMON GONZALEZ CLAVIJO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 16 de diciembre de 1999, por el Ilmo. Sr. Magistrado de lo Penal núm. 1 de Salamanca, se dictó sentencia en el procedimiento de referencia que contiene el siguiente FALLO: Que debo condenar y condeno a Luis como autor penalmente responsable de un delito contra la propiedad intelectual, ya definido, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de MULTA DE OCHO MESES a razón de mil pesetas al día, multa por ello de doscientas cuarenta mil pesetas (240.000 ptas) o sea, mil cuatrocientos cuarenta y dos euros con cuarenta y tres céntimos de curo

(1.442,43 euros) con arresto sustitutorio carcelario de un día por cada dos cuotas diarias dejadas de abonar, al pago de las costas y a que indemnice a Virgin España, filial o matriz de Virgin Records Ltda. En la cantidad a determinar en ejecución de sentencia, que no podrá superar los tres mil cinco euros, por los daños y perjuicios materiales y morales por la duplicación sin autorización del disco compacto reseñado en el antecedente de hechos probados.

SEGUNDO

Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Doña Mª Luisa Lamela Rodríguez, en nombre y representación de Luis , solicitando se dicte sentencia de conformidad al suplico de su recurso. Por el Ministerio Fiscal, se solicitó la confirmación de la resolución recurrida y la condena en costas del recurrente vencido, y por la Procuradora Doña Ana Inestal Sierra, ennombre y representación de AFYVE (Asociación Fonográfica y Videográfica Española), la confirmación de la sentencia recurrida, con expresa condena en las costas de esta alzada al recurrente, incluidas las de la acusación particular.

TERCERO

Recibidas que fueron en esta Audiencia Provincial referidas diligencias se instruyó el presente rollo, señalándose para la votación y Fallo del presente recurso de apelación el día veintiuno del actual y poniéndose las actuaciones de manifiesto al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de Don Luis se recurre en apelación la sentencia de fecha 16-12-99 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Salamanca en los autos nº 170/99 que le condenó como autor de un delito contra la propiedad intelectual a la pena de multa de ocho meses a razón de 1.000 ptas día con arresto...

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