SAP Salamanca 19/2002, 17 de Enero de 2002

PonenteFERNANDO NIETO NAFRIA
ECLIES:APSA:2002:32
Número de Recurso16/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución19/2002
Fecha de Resolución17 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 19/02

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON FERNANDO NIETO NAFRIA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JAIME MARINO BORREGO

DON JOSE R. GONZALEZ CLAVIJO

En la ciudad de Salamanca a diecisiete de enero de dos mil dos.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO de COGNICION n ° 22/01 del Juzgado de la Instancia n° 2 de Salamanca, Rollo de Sala n° 16/02; han sido partes en este recurso: como demandante-apelante la Entidad Mercantil COMERCIAL METABOS, S.L., representada por la Procuradora Doña Sonia Roman Capillas y bajo la dirección del Letrado Don Javier Roman Capillas y como demandado-apelado DON Enrique representado por el Procurador Don Miguel Angel Gómez Castaño y bajo la dirección del Letrado Don Victor Maillo Torres, habiendo versado sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 27 de septiembre de 2001 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de la Instancia n° 2 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª. SONIA ROMAN CAPILLAS, en nombre y representación de la Entidad Mercantil COMERCIAL METABOS S.L., contra D. Enrique , representado por el Procurador D: MIGUEL ANGEL GOMEZ CASTAÑO, con expresa imposición de las costas procesales al actor".

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica del demandante, concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando se dicte sentencia por la que estimando el presente recurso se revoque la sentencia recurrida dictando otra de conformidad con lo establecido en el suplico del escrito de demanda, con expresa imposición de costas a los demandados.

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se dicte sentencia desestimando el recurso de apelación, confirmando íntegramente la de instancia e imponiendo las costas de esta alzada a la parte recurrente.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y Fallo...

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