SAP Murcia 276/2004, 28 de Octubre de 2004

PonenteCAYETANO RAMON BLASCO RAMON
ECLIES:APMU:2004:2273
Número de Recurso263/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución276/2004
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 276/2.004

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a veintiocho de Octubre de dos mil cuatro.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio verbal núm. 415/2.003 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Molina de Segura entre las partes, como actora DIRECCION000 , representada en esta alzada por el procurador Sr. García Morcillo y defendida por el Letrado Sr. García Melgarejo, y como demandada mercantil ROSSAN Y MONTOYA S.L, allanada a las pretensiones de la actora. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. CAYETANO BLASCO RAMÓN, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 15 de diciembre de 2.003, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Que estimando la demanda planteada por el Procurador Sr. Cantero Meseguer en representación de la DIRECCION000 de Alguazas contra Rossan y Montoya S.L., se condena a la demandada a abonar al actor la cantidad de 894,78 euros, más los correspondientes intereses legales desde la fecha del accidente; se absuelve a la parte demandada de la imposición de las costas del juicio ."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelaciónpor la representación procesal de la parte actora, siéndole admitido y tras los trámites previstos en la L.E. Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia formándose el presente Rollo por la Sección Tercera con el núm. 263/2.004, designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose deliberación y votación para el día 27 de octubre de 2.004 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega la parte apelante, en síntesis, error en la aplicación de las normas respecto al pronunciamiento de la sentencia de instancia por el cual no se han impuesto las costas a la parte demandada, argumentando que junto con la demanda se aportó la demanda de conciliación y el acta de conciliación, sin avenencia, concluyendo que ha existido mala fe y por ello deben imponerse las costas a la demandada allanada en aplicación del artículo...

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