SAP Murcia 317/2000, 9 de Noviembre de 2000
Ponente | ANTONIO SALAS CARCELLER |
ECLI | ES:APMU:2000:3011 |
Número de Recurso | 41/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 317/2000 |
Fecha de Resolución | 9 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº317
En la ciudad de Murcia, a nueve de noviembre de dos mil.
Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de Juicio de Cognición, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº2 de San Javier y seguidos ante el mismo con el nº 129/98 -Rollo 41/99-, en los que figura como demandante la Comunidad de Propietarios URBANIZACIÓN000 , representada por la Procuradora Sra. García-Carreño Martínez y defendida por la Letrada Sra. Dayer Giménez, y como demandados doña Filomena y don Héctor , representados por la Procuradora Sra. Fontcuberta Hidalgo y defendidos por la Letrada Sra. Navarro-Valls Martínez, versando sobre reclamación de cantidad; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 16 de diciembre de 1998, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo.Sr.Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que desestimando como debo desestimar íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios " URBANIZACIÓN000 ", representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. García-Carreño Martínez, contra don Héctor y doña Filomena , representados por la Procuradora Sra. Fontcuberta Hidalgo, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos de la demanda, con expresa imposición de costas a la demandante."
Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por la parte actora recurso de apelación, alegando los motivos en que fundamentaba su impugnación, dándose traslado a las demás partes que igualmente formularon las oportunas alegaciones, elevándose a continuación los autos a esta Audiencia Provincial donde se formó el Rollo correspondiente en el que se acordó practicar las pruebas propuestas por la parte apelante, quedando pendiente de resolución y señalándose para vista el pasado día 7 de noviembre de 2000.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
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