SAP Murcia 32/2005, 1 de Febrero de 2005
Ponente | CARLOS MORENO MILLAN |
ECLI | ES:APMU:2005:251 |
Número de Recurso | 21/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 32/2005 |
Fecha de Resolución | 1 de Febrero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
SENTENCIA: 00032/2005
Rollo nº: 21/2005.
Ilmos. Sres.
Don Carlos Moreno Millán.
Presidente
Don Juan Antonio Jover Coy.
Don Andrés Pacheco Guevara
Magistrados
SENTENCIA Nº 32
En la ciudad de Murcia, a uno de febrero de dos mil cinco.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 660/2003 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil nº 11 de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante Doña Pilar , representada por el Procurador Sr. Tovar Gelabert y defendida por el Letrado Sr. Muñoz Ruiz y como demandada y ahora apelada "Sociedad Cooperativa Limitada de Viviendas San Ginés de Murcia", representada por el Procurador Sr. Castillo Gómez y defendida por el Letrado Sr. Sánchez Melgarejo. Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado, con fecha 10 de junio de 2004 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Que desestimando la demanda formulada por Doña Pilar representada por el Procurador D. Miguel Tovar Gelabert, con la asistencia del letrado D. Ramón Quiñonero Alcaraz contra Sociedad Cooperativa de Viviendas San Ginés, representada por el Procurador D. José Diego Castillo Gómez y la asistencia del letrado D. David Sánchez Melgarejo DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A DICHA ENTIDAD DEMANDADA.
Se imponen de forma expresa la costas a la parte demandante." .
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación Doña Pilar basado en disconformidad con el pronunciamiento sobre costas.
Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 21/2005 de Rollo. En proveído del día 28 de enero de 2005 se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día de hoy.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
La cuestión impugnatoria que se plantea en esta alzada en virtud del recurso de apelación formulado por la actora Doña Pilar contra la sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda planteada contra la Sociedad Cooperativa Limitada de Viviendas San Ginés de Murcia, se concreta exclusivamente en su disconformidad con el pronunciamiento condenatorio en costas, por entender concurrente la excepción al principio objetivo del vencimiento que prevé el artículo 394.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
Concretada en los indicados...
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