SAP Murcia 231/2004, 20 de Julio de 2004

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2004:1775
Número de Recurso377/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución231/2004
Fecha de Resolución20 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA: 00231/2004

Rollo Apelación Civil nº. 377/03

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION CUARTA

MURCIA

Iltmos. Sres.:

Don Carlos Moreno Millán

Presidente

Don Juan Antonio Jover Coy

Dª. Francisca Isabel Fernández Zapata

Magistrados

SENTENCIA Nº 231

En la ciudad de Murcia, a veinte de julio de dos mil cuatro.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Cognición procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Lorca y seguidos ante el mismo con el nº 337/2000, -rollo nº 377/2003-, entre las partes, actora Dª. Julieta , mayor de edad, casada, vecina de Lorca, con domicilio en CALLE000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 , con D.N.I. nº NUM003 , representada en el Juzgado por el Procurador Sr. Chuecos Hernández y en la Audiencia por el Procurador Sr. Arjona Ramírez, y dirigida por el Letrado Sr. Martínez Olivares; y demandada, D. Blas , mayor de edad, casado, jubilado, vecino de Lorca, con D.N.I. nº NUM004 , y su esposa a los solos efectos del art. 144 del Reglamento Hipotecario , representado por la Procuradora Sra. Bastida Rodríguez y dirigido por el Letrado Sr. García Ruiz. Versando sobre indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Blas contra la sentencia de 28 de abril de 2003, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Lorca ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa elparecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don Jesús Chuecos Hernández, en nombre y representación de Doña Julieta , contra Don Blas , representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Juana María Bastida Rodríguez, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la demandante la cantidad de dos mil quinientos ochenta y siete euros, con noventa y seis céntimos de euro (2.587,96 €) (equivalente a cuatrocientas treinta mil seiscientas pesetas), más intereses, así como al pago de las costas causadas en este procedimiento".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso D. Blas recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 377/2003, y se señaló el 15 de julio de 2004 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Dª. Julieta interpuso demanda de Juicio de Cognición solicitando que se condenara a D. Blas a pagar a la actora la cantidad de 430.600 pesetas, más intereses, en concepto de indemnización, por responsabilidad civil extracontractual, de los daños y perjuicios causados a la vivienda perteneciente a la Sra. Julieta .

La referida vivienda, situada en la primera planta, Letra NUM002 , del número NUM000 de la CALLE000 , de Lorca, había sido adquirida por la actora en diciembre de 1982, y en mayo de 1999, a consecuencia de la demolición de una vivienda...

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