SAP Málaga 38/2001, 19 de Enero de 2001

PonenteMARIA JOSE TORRES CUELLAR
ECLIES:APMA:2001:298
Número de Recurso786/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución38/2001
Fecha de Resolución19 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

SENTENCIA N° 38.

Iltmos Sres.

Presidente

D. Wenceslao Díez Argal

Magistrados

D. Fernando De La Torre Deza

Dª María José Torres Cuéllar

En a la ciudad de Málaga, a diecinueve de Enero de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio verbal sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda y desahucio por falta de pago n° 702/98 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga seguidos a instancia de la Doña Esther contra Don Jose Luis ; pendientes ante esta Audiencia en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandante contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga dictó sentencia de fecha 5 de Julio de 1.999 en el juicio de desahucio por falta de pago n° 702/98 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "Que desestimando totalmente la demanda formulada por Da Esther , representada por el Procurador de los Tribunales D. José María Páez Gómez, asistido de la Letrada Dª María Victoria Rubio Goris, contra D. Jose Luis , debo absolver y absuelvo al demandado de la pretensión de desahucio formulada por la parte actora, referente a la vivienda sita en CAMINO000 n° NUM000 , Bda de Churriana (Málaga), e imponiendo las costas a la parte actora.

Una vez firme esta resolución, se hace saber a la parte actora, que la suma consignada se encuentra a su disposición, ingresada en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la demandante, el cual fue admitido a trámite, dándose traslado del escrito a la otra parte para que en su vista alegase lo que le conviniese, y que no impugnó. Cumplido el trámite de audiencia se elevaron los autos aesta Audiencia, y tras su registro se turnaron a ponencia quedando pendientes de deliberación y Fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Iltma. Sra. Doña María José Torres Cuéllar. Habiendo tenido lugar la deliberación previa a esta resolución el 19 de Enero de 2.001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Disconforme con el pronunciamiento de instancia, desestimatorio de la demanda de desahucio por falta de pago instada, comparece ante esta alzada la actora solicitando al hilo de los argumentos expuestos en su oportuno momento, reproducidos ahora a los efectos revocatorios pretendidos, que se estime pues ni el demandado consignó en tiempo, forma ni en la...

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