SAP Madrid, 20 de Octubre de 1998

PonenteALMUDENA TERESA SEBASTIAN MONTERO
Número de Recurso957/1996
Fecha de Resolución20 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

Sentencia

En Madrid, a veinte de Octubre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Cognición sobre reclamación de obras necesarias, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante Dª Cristina , y de otra como demandada-apelada Dª Araceli .

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Almudena Sebastián Montero

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 40 de Madrid, en fecha 8 de octubre de 1.996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Desestimando como desestimo la demanda interpuesta por Dª Cristina contra Dª Araceli representada por la Procuradora Dª Yolanda Jiménez Alonso, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda; y estimando la reconvención formulada por la demandada debo declarar la resolución del contrato de arrendamiento vigente entre las partes, todo ello con imposición de costas a la actora."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fué admitido en ambos efectos, del que dió traslado a la contraparte quien a su vez lo impugnó, elevándose posteriormente las actuaciones a esta superioridad, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de Vista Pública, quedaron los autos para dictar sentencia, señalándose para Deliberación y Votación, la Audiencia del día 14 de octubre del año en curso.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pese a la farragosa redacción del escrito de recurso parece deducirse del mismo que uno de los motivos en que basa su impugnación la parte apelante es en el hecho de que olvida el Juzgador de instancia que el arrendamiento del chalet litigioso lo fue para que este sirviera no solo de local en el que desarrollar la actividad de guardería, sino también como vivienda para la arrendataria, asimismo manifiesta que su causa de pedir: que el inmueble se adecue a las condiciones necesarias para servir al uso a que fue destinado, no puede depender de factores o personas que no fueron parte del...

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