SAP Madrid, 24 de Junio de 1999

PonenteJULIO CARLOS FRANCISCO DE PAUL SALAZAR BENITEZ
Número de Recurso821/1996
Fecha de Resolución24 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

Sentencia

En Madrid, a veinticuatro de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado ZARDOYA OTIS, S.A. y de otra, como demandado-apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 DE DURANGO, seguidos por el trámite de juicio de cognición.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Julio Carlos Salazar Benítez .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Madrid, en fecha 19 de julio de 1.996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en su integridad la demanda interpuesta por ZARDOYA OTIS, S.A. contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 NUM. NUM000 DE DURANGO (VIZCAYA), debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone la cantidad de 364.000 ptas. a la parte actora, más los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta la fecha de la presente resolución, así como las costas originadas por el presente juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandado, exponiendo las alegaciones en que basó su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quien presentó escrito impugnando el recurso. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso, siendo turnados de ponencia y quedando pendientes de resolución, señalándose fecha para deliberación y votación, lo que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los correlativos contenidos en la sentencia de primera instancia.

SEGUNDO

Por la Juez "a quo" se ha dictado sentencia por la que se ha estimado la demanda promovida por ZARDOYA OTIS, S.A. contra la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Durango (Vizcaya), y ha condenado a la misma al pago de 364.000 pts. reclamadas en concepto de indemnización por los daños y perjuicios derivados de la resolución unilateral del contrato de conservación y mantenimiento de elevador, instalado en el edificio de la comunidad demandada.Contra esta resolución se ha alzado la Comunidad demandada que ha basado su recurso, en esencia, en que al encontrarnos en un contrato de adhesión, en el que la cláusula de duración ha sido impuesta por la parte actora, ésta era...

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