SAP Madrid, 29 de Mayo de 2002

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:2002:6891
Número de Recurso305/2001
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veintinueve de Mayo de dos mil dos.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre determinación de rentas, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada DOÑA Carla representada por si y de otra, como apelado demandante DON Plácido representado por el Procurador Sr. García Fernández, seguidos por el trámite de juicio verbal.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, en fecha 4 de diciembre de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda planteada por el Procurador D. Remigio García Fernández en nombre y representación de D. Plácido contra Dª Carla , A) Declaro como renta vigente del arrendamiento objeto del procedimiento la que viene manteniéndose entre las partes de 75.000 ptas, más gastos de comunidad y consumo de agua, sin que proceda la actualización de la misma pretendida por la arrendadora y B) declaro la improcedencia de la repercusión por la arrendadora al arrendatario del IBI condenando a la demandada a estar y pesar por los anteriores pronunciamientos, imponiéndole el pago de las costas del juicio".

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 10/92, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 21 de mayo de 2002.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante en el escrito fundamentador de su recurso de apelación, impugna la sentencia de instancia considerando que comunicar al inquilino la revisión de rentas en el mes de abril no era...

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