SAP Madrid, 22 de Mayo de 2002
Ponente | JOSE GONZALEZ OLLEROS |
ECLI | ES:APM:2002:6576 |
Número de Recurso | 388/2001 |
Fecha de Resolución | 22 de Mayo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a veintidós de Mayo de dos mil dos.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid compuesta por los señores Magistrados expresados al margen ha visto en grado de apelación los autos nº 296/2000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante DON Ángel Jesús , representado por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Velasco Muñoz-Cuellar y defendido por Letrado , y de otra ,como demandada-apelada REALE AUTOS Y SEGUROS GENERALES , S.A., representada por la Procuradora Dª Blanca Berriatúa Horta y asistida de Letrado, seguidos por el trámite de juicio verbal.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José González Olleros
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 47 de los de esta capital con fecha 23 de abril de 2.001, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que estimando íntegramente, las pretensiones deducidas en la demanda interpuesta por el Procurador D. Francisco Velasco Muñoz-Cuellar, en nombre y representación de D. Ángel Jesús , como parte demandante, contra La Compañía Aseguradora "Reale" , como parte demandada, debo condenar y condeno a dicha parte demandada al pago a la actora de la cantidad de 506.090 ptas, en concepto de indemnización, más los intereses legales incrementados en el 50% desde la fecha del siniestro hasta su total pago. Con expresa imposición de costas a la parte demandada."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante
. Admitido el recurso en ambos efectos se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sala para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección de 13 de diciembre pasado y no estimándose necesaria la celebración de vista, se señaló el día 16 de mayo del actual para la deliberación, votación y fallo del recurso, lo que tuvo lugar una vez que le había correspondido su turno entre los de su clase y ponencia.
En la tramitación del procedimiento se han observado las prescripciones legales .
Por la representación del apelante D. Ángel Jesús , actor en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª inscia nº 47 de Madrid con fecha 23 de Abril de...
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