SAP Madrid, 14 de Enero de 2003

PonenteFERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
Número de Recurso737/2001
Fecha de Resolución14 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a catorce de Enero de dos mil tres.

La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre liquidación de comunidad de bienes y otros extremos, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 50 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado Rosendo representada por el Procurador Sr. Marcos Moreno y de otra como demandada-apelante Gregorio representada por el Procurador Sr. Carranza y Méndez de Vigo, seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando Delgado Rodríguez

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid en fecha 17 de mayo de 2001 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Rosendo representado por la Procuradora Dª MARIA TERESA MARCOS MORENO contra D. Gregorio , debo declarar y declaro disuelta la comunidad de bienes compuesta por la totalidad de la producción artística enumerada en el hecho tercero del escrito de demanda, procediendo a su liquidación en la forma prevista legalmente, excluyendo la producción artística privativa y exclusiva de la parte actora, declarando el derecho del actor mientras no se proceda a la liquidación de la comunidad de bienes, a seguir ocupando la parcela sita en la Carretera de Chinchón, Kilómetro 1,800 en Arganda del Rey, así como la habitación y porche que hasta ahora ha venido utilizando, condenando a la parte demandada a abonar las costas del presente procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada que fue admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada quien lo impugnó. Elevándose los autos junto con dichos escritos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección de fecha 23 de septiembre de 2002 se acordó la deliberación, votación y fallo para el día 9 de enero de 2003.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución apelada.

PRIMERO

El escrito de la parte recurrente solicitando que se tuviera por preparada la apelación, ingresado el 13 de septiembre de 2001, contiene la siguiente exposición: "DIGO: Que con fecha 17 de mayo del 2001, se dictó sentencia en el procedimiento del Juicio de Menor cuantía referenciado, y considerando esta parte, dicho sea con el debido respeto, perjudicial para los legítimos intereses de mi representado, con fecha doce de septiembre vengo a interponer el correspondiente Recurso de Apelación.

Por todo ello y a tenor de lo dispuesto en los arts. 457 y siguientes y concordantes de la L.E.Civil, esta parte INTERPONE RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA REFERIDA Sentencia, en base a los siguientes motivos: ERROR EN LA APRECIACION DE LAS PRUEBAS.

Por su virtud la Juzgado

Suplico: Se tenga por preparado en tiempo y forma dicho Recurso de Apelación se admita, teniéndoseme por personado y previos los trámites legales oportunos, emplácese a esta parte por tiempo de veinte días del Art. 457, LEC, a los efectos de la interposición de aquel."

SEGUNDO

La parte apelada en su escrito de oposición a dicho recurso planteó la siguiente alegación previa: "Inadmisión de la Apelación: El escrito de preparación del Recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Valencia 156/2010, 27 de Mayo de 2010
    • España
    • 27 Mayo 2010
    ...refiere, la Sentencia de la instancia ha devenido intangible. Al respecto tiene declarado la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Madrid en Sentencia de 14 de enero de 2003 : « ... Esa exigencia de mención expresa de los pronunciamientos impugnados, guarda además plena concordancia, si......
  • SAP Valencia 628/2011, 3 de Noviembre de 2011
    • España
    • 3 Noviembre 2011
    ...apelación extiende su argumentación al alcance y entidad de los daños.» Pues, como dice la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Madrid en Sentencia de 14 de enero de 2003 " ... Esa exigencia de mención expresa de los pronunciamientos impugnados, guarda además plena concordancia, sin so......
  • SAP Valencia 385/2011, 14 de Junio de 2011
    • España
    • 14 Junio 2011
    ...la Sentencia de la primera instancia ha devenido intangible. Al respecto tiene declarado la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Madrid en Sentencia de 14 de enero de 2003 " ... Esa exigencia de mención expresa de los pronunciamientos impugnados, guarda además plena concordancia, sin s......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR