SAP León 258/2004, 18 de Octubre de 2004

PonenteALFONSO LOZANO GUTIERREZ
ECLIES:APLE:2004:1316
Número de Recurso181/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución258/2004
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA num. 258/04

Iltmos. S res:D. Manuel García Prada.- Presidente

D. Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado

D. Baltasar Tomás Carrasco.- Magistrado suplente

En León a dieciocho de octubre de dos mil cua tro.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante María Inmaculada representada por el Procurador Consuelo Begoña Valcarce Mayayo y asistida del Letrado Raquel Jaen González y como apelado Pedro Antonio , actuando como Ponente para este trámite el ILTMO. SR. DON Alfonso Lozano Gutiérrez.

ANTECED ENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia num. 1 de León, se dictó Sentencia en l os referidos autos, cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: FALLO.- DESESTIMO la demanda presentada y ABSUELVO libremente a D. Pedro Antonio de las pretensiones de condena deducidas contra él por Dª María Inmaculada con la demanda pre sentada, y todo ello con expresa condena en costas de la demandante.

SEGUNDO

Contra la relacionada Sentencia que lleva fecha 22 de diciembre de 2003 , se interpuso recurso por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la deliberación a fin de dictar resolución.

TERCERO

La Sentencia es dictada dentro de plazo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PR IMERO.- SE ACEPTAN los de la resolución de instancia .

SEGUNDO

La sentencia de 22 de diciembre de 2003 del Juzgado de Instrucción nº 1 de esta ciudad desestimatoria del juicio verbal instado por la Procurador Valcarce Mayayo en representación de Dª María Inmaculada al amparo del articulo 591 del C. Civil peticionando la condena de D. Pedro Antonio "a realizar de las obras necesarias de arranque de los árboles objeto de procedimiento" - plantar chopos a distancia inferior a los 200 metros que prevé el articulo 5 h) de la Ordenanza reguladora de Plantaciones Forestales en el termino municipal de Santa Maria de Ordás (BOP de León de 4 de marzo de 1.992) en finca que se encuentra a 41 metros de la vivienda de la actora - ha sido recurrida en apelación por la parte actora peticionando su remisión a este Tribunal y su revocación y pronunciamiento de referida condena con imposición de las costas en ambas instancias en base a las siguientes razones: a) que el 23 de febrero de 2003 el demandado plantó los chopos dentro del perímetro de la finca de su propiedad a una distancia inferior a la de 200 metros señalada en el articulo 5 de la Ordenanza Reguladora de Plantaciones Forestaciones ya referida (BOP de León ) dándose además la circunstancia que la vivienda actora se halla a solo "el limite exterior del casco urbano coincide con el limite de la finca del demandante, que la vivienda de su propiedad se halla a tan solo 41 metros de la plantación y que la finca del demandante es urbana"; b) Extrapolación de la anulación de las ordenanzas del Ayuntamiento de Las Omañas, y que a l ser supuestos distintos no son de aplicación a las Ordenanzas del presente supuesto; c) Vulneración por la parte demandada de los artículos 5 y 7 de las Ordenanzas al plantar los chopos a distancia inferior a los 200 metros, y que siendo la finca del actor de carácter urbano tiene la...

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