SAP La Rioja 207/1998, 27 de Abril de 1998

PonenteMARIA TERESA COBO SAENZ
Número de Recurso195/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución207/1998
Fecha de Resolución27 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja

SENTENCIA Nº 207 de 1998

Visto el presente recurso de apelación civil, que pende ante esta Iltma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio ejecutivo nº 367/96 Rollo de la Sala nº 195/97 contra la sentencia de fecha cuatro de febrero de 1997 dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Calahorra recurrida por la Procuradora Sra, Miranda Adán en nombre y representación de Vinos y Licores Renocal, S.L. asistido en primera instancia por el Letrado D. Mariano Fernández Torija y en la presente alzada por D. Ángel Lor Fernández Torija y representado en la presente alzada por el Procurador Sra. Fernández Torija Oyón siendo apela do KALOINOX, S.L. representado en primera instancia por el Procurador Da Ana Escalada y asistido en ambas instancias por el letrado Sr. Espejo Ubillos y representado en la presente alzada por el Procurador Sr. García Aparicio recurso en el que ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Dª. Teresa Cobo Sáenz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha cuatro de febrero de 1997 se dictó sentencia en cuya parte dispositiva se señalaba: FALLO: " Desestimo la oposición presentada por el Procurador Da Carmen Miranda Adán en nombre y representación de Vinos y Licores Renocal S.L., contra la ejecución instada por el Procurador Dª

  1. Escalada Escalada en nombre y representación de Kaloinoix S.L., debo ordenar y ordeno seguir adelante con la ejecución despachada respecto de los bienes del demandado hasta hacer trance y remate de los mismos y, con su producto entero y cumplido pago a la parte actora por la cantidad de 3.000.000 pts., por importe del principal, condenando también al demandado a que abone los intereses legales de tal cantidad y gastos derivados. Las costas serán abonadas por el ejecutado.".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada se interpuso contra la misma recurso de apelación que fue admitido, con emplazamiento de los interesados que se personaron ante esta Sala, a la que se han remitido los autos originales.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la vista el día 12 de marzo de 1998 a las 9,45 horas, la que tuvo lugar con el resultado que obra en el presente Rollo.

CUARTO

En la tramitación del presente Rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Sostiene en la presente apelación la representación de la mercantil ejecutada, que formuló oposición en la instancia, las excepciones que fueron razonadamente desestimadas en la sentencia recurrida.Con relación a las dos primeras, es decir, las de "impugnación del poder" con el que la procuradora Da Ana Escalada se personó en el proceso; y la de litispendencia, en su informe del acto de la vista, la dirección letrada de la parte apelante se limitó a reproducir su invocación impeditiva, sin argumentar acerca de las razones por las que debían ser acogidos los argumentos expuestos por el Juez a quo, en los fundamentos 2º y 3º de la sentencia recurrida, para sostener la desestimación de las excepciones, no pueden sino ser ratificados. En modo alguno puede entenderse que la procuradora actuante en la instancia, formulara la demanda ejecutiva careciendo de poder. La sustitución de poder en base a la que actúa es perfectamente legitima a los efectos de satisfacer los requisitos de...

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